SALTA, 17 MAY 2006







Expte. Nº 17.007/06





VISTO estas actuaciones y la Resolución CS-Nº 116-06 del CONSEJO SUPERIOR; y



CONSIDERANDO:



QUE por la citada resolución se autoriza la contratación por locación de servicios en condición de autónomo, a la Lic. Lucrecia SAMSÓN de RODRÍGUEZ, para prestar servicios en el Departamento de Servicios Social de la Secretaría de Bienestar Universitario, a partir del 1º de marzo y hasta el 30 de abril de 2006.



QUE a fs. 10/11 obra el Contrato de Locación de Servicios suscripto con fecha 3 de marzo de 2006.



Por ello:



EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Universidad Nacional de Salta y la Lic. Lucrecia SAMSÓN de RODRÍGUEZ, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.



ARTICULO 2º.- Imputar el gasto que origine el cumplimiento de la presente resolución, en las respectivas partidas del Presupuesto de esta Universidad, por el corriente ejercicio



ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.



Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA ADMINISTRATIVA VICERRECTOR





RESOLUCIÓN - R - Nº 0426-06









ANEXO I



CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS



--------Entre la Universidad Nacional de Salta representada por su Rectora Ing. Stella PÉREZ DE BIANCill, en adelante "LA UNIVERSlDAD" con domicilio en Avda. Bolivia Nº 5150, por una parte, y por la otra la Sra. Lucrecia SAMSON DE RODIGUEZ DNI Nº 11.070.922, en adelante "EL CONTRATADO", con domicilio en Pasaje David Lascano Nº 474, ambos de la ciudad de Salta, formulan el siguiente contrato de LOCACIÓN DE SERVICIOS.



PRIMERO: "EL CONTRATADO" debe prestar servicios en la División Servicio Social dependiente de la Secretaría de Bienestar Universitario, ubicado en el Predio de la Universidad Nacional de Salta, sito en Avda. Bolivia Nº 5.150, de lunes a viernes en el horario de 8 a 13 horas.



Las tareas a cumplir se detallan a continuación:



SEGUNDO: "EL CONTRATADO" se compromete a conocer y respetar las disposiciones y reglamentaciones emergentes de "LA UNIVERSIDAD".



TERCERO: "LA UNlVERSlDAD" abonará a "EL CONTRATADO" la suma $ 700 (pesos setecientos) mensuales, debiendo el contratado encontrarse inscripto en los organismos fiscales correspondientes al momento de iniciarse esta relacion contractural y emitIr factura o recibo conforme a las normas vigentes cada vez que perciba los honorarios estabIecidos. Durante la vigencia del presente contrato, la Universidad se reserva el derecho de efectuar las retenciones impositivas de acuerdo a normas vigentes.



CUARTO: Este contrato regirá desde el 06 de Marzo basta el 30 de Abril de 2006. La rescisión aún sin expresión de causa no dará derecho de indemnización alguna y operará con la mera comunicación fehaciente de una de las partes.



QUINTO: El presente contrato no implica existencia de relación de empleo, ni laboral, rigiéndose por las disposiciones del Código Civil relativas a la Locación de Obras y Servicios.-



SEXTO: Para los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes se someten a la juridicción del Juzgado Federal de Salta.-



-------En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Salta a tres días del mes de marzo del año dos mil seis.





FIRMADO FIRMADO

LIC. LUCRECIA S. DE RODRÍGUEZ ING. STELLA MARIS PÉREZ DE BIANCHI

ASISTENTE SOCIAL RECTORA

M.P. 130 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA