SALTA, 05 ABR 2006


Expte. Nº 17.075/04


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por Lic. Silvia Mónica MARRUPE; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma interpone impugnación al Dictamen del Jurado que entendió llamado a concurso para cubrir el cargo de SUPERVISOR RESPONSABLE DEL AREA ADMINISTRATIVA DE COMEDOR, Categoría 6 del Agrupamiento Administrativo, con dependencia jerárquica de la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO.


QUE Asesoría Jurídica emite Dictamen Nº 8555 el cual se transcribe a continuación:

Las presentes actuaciones vienen a este Servicio Jurídico a fin que el mismo dictamine respecto de la impugnación presentada por la Sra. Silvia Mónica Marrupe (fs. 130).

Obra a fs. 135/137 ampliación de dictamen por parte del jurado interviniente en autos, de la cual se debe notificar a la impugnante conforrme lo establece la Res. CS-Nº 687/88.

Sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo precedente, corresponde analizar la impugnación de la Sra. Marrupe. Esgrime como fundamento la impugnante en su presentación que el Jurado debe expresar las respuestas correctas a las preguntas formuladas.

A fs. 135/137 el jurado realiza un análisis de lo que significa impugnar, para concluir que la presentación de la postulante Marrupe no realiza crítica alguna al dictamen del jurado.

Analizadas las actuaciones, este Servicio jurídico comparte la opinión del jurado, y aconseja rechazar la impugnación de la postulante Marrupe por carecer la misma de fundamentación alguna.”

Por ello:



LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Rechazar la impugnación interpuesta por la Lic. Silvia Mónica MARRUPE, en virtud del Dictamen Nº 8555 de Asesoría Jurídica.


ARTICULO 2º.- Notifíquese a la Lic. MARRUPE, que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral los recursos de reconsideración y jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.


ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese con copia a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Asesoría Jurídica y notifíquese a la interesada. Cumplido, siga a la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO para su toma de razón y demás efectos.Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0255-06