SALTA, 21 FEB 2006



Expte. Nº 2.509/97



VISTO estas actuaciones y la Resolución CS-Nº 452-05, por la que se establecen excepciones anuales al Régimen de Incompatibilidad, para el personal docente que se desempeñe en los cursos nivelatorios o de apoyo, para el CICLO DE INTRODUCCIÓN A LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS (CILEU) - INGRESO 2006.; y


CONSIDERANDO:


Que dicha resolución, no expresa taxtativamente la excepción para el personal encuadrado en el inciso d) del artículo 6º de la Resolución CS-Nº 420/99.


QUE es necesario exceptuar a los docentes incluidos en el inciso d) y afectarlos al CILEU 2006 y sólo por el período de tiempo en que se desarrolla dicho ciclo.


Que se debe dejar establecido que los mismos podrán acumular hasta un cargo docente con dedicación semiexclusiva


Por ello.


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Ad-Referéndum del CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Exceptuar de la aplicación del inciso d) del Artículo 6º de la Resolución CS-Nº 420/99, a los docentes afectados al CILEU 2006 y sólo por el período de tiempo en que se desarrolla dicho ciclo.


ARTICULO 2º.- Dejar establecido que los docentes exceptuados por el artículo 1º, podrán acumular hasta un cargo docente, con dedicación semiexclusiva.


ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y Académica, Direcciones Generales de Personal y de Administración y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

PROF. MARTA ZULMA PALERMO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ACADEMICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0051-06