SALTA, 27 DIC 2005





Expte. N° 18.025/05



VISTO este expediente y la Resolución Rectoral Nº 1123-05 por la cual se llamó a Licitación Pública Nº 09/05, para la Ejecución de la Obra N° 077: SUBESTACIÓN TRANSFORMADORA NORTE Y RED SUBTERRÁNEA DE M.T., en el Complejo Universitario General San Martín de esta Universidad; y


CONSIDERANDO:

QUE en la presente Licitación se dio cumplimiento a todas las disposiciones vigentes en materia de Contrataciones del Estado y la Ley 13.064 de Obras Públicas.


QUE en fs. 86/87 la Comisión de Preadjudicación designada al efecto, emite informe de fecha 6 de diciembre de 2005, en el cual resuelve preadjudicar la Licitación Pública Nº 09/05 para la Ejecución de la Obra N° 077: SUBESTACIÓN TRANSFORMADORA NORTE Y RED SUBTERRÁNEA DE M.T., a la Empresa Ing. Pablo MARTOS con domicilio en Pasaje Moisés Oliva Nº 133, de la ciudad de Salta, por la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y SEIS CON 46/100 ($ 351.076,46), en un todo de acuerdo al legajo de Obra, su oferta, aclaraciones y certificado para licitar emitido por el Registro de Construcciones de Obras Públicas, por cumplir con todos los requisitos establecidos y resultar la oferta más conveniente.

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,



LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 09/05, para la Ejecución de la Obra N° 077: SUBESTACIÓN TRANSFORMADORA NORTE Y RED SUBTERRÁNEA DE M.T., en el Complejo Universitario General San Martín de esta Universidad,a la EMPRESA ING. PABLO MARTOS, con domicilio en Pasaje Moisés Oliva Nº 133, de la ciudad de Salta, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y SEIS CON 46/100 ($ 351.076,46).


ARTICULO 2º.- Dejar establecido que La Contratista acepta según pliego y Decretos PE N° 1295/02, N° 1953/02, resoluciones ME y SOP N° 396/02, N° 107/02 y Resolución SIGEN Nº 157/02 que en el reconocimiento de Redeterminación de Precios, el 10% (diez por ciento) del valor de cada ítem, no sufrirá variación alguna, pese a que en los análisis de precios presentados por la Contratista se consigna Gastos Generales 0% (cero por ciento) y Beneficios 0% (cero por ciento). Por lo tanto, el porcentaje de la variación de tal Redeterminación de Precios, se aplicará sobre el 90% (noventa por ciento) del precio adoptado del ítem.


ARTICULO 3º.- Imputar la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y SEIS CON 46/100 ($ 351.076,46), a la Partida 4.2. CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PRIVADO - Dependencia 99-00 – Fuente de Financiamiento 16 del Presupuesto de la Universidad para el correspondiente ejercicio.


ARTICULO 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarlas del Consejo Superior, Dirección General de Obras y Servicios, Dirección de Contrataciones y Compras y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1419-05