SALTA, 02 DIC 2005




Expte. Nº 4.784/05


VISTO estas actuaciones relacionadas con el ACTA COMPLEMENTARIA Nº 2 al CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SARMIENTO; y


CONSIDERANDO:


QUE la presente Acta Complementaria tiene por objetivo establecer las actividades que en forma conjunta realizarán ambas partes, por intermedio de profesionales del Area de Economía del Instituto de Ciencias (ICI) de la Universidad Nacional de General Sarmiento y de la Maestría en Políticas Sociales de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Salta, con el fin de potenciar las investigaciones relacionadas en temas Que se vienen dando en ambos centros de investigación universitaria.


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 18 tomó la debida intervención, mediante Dictamen Nº 8331.


QUE a fs. 21 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 169/05, en el cual aconseja la aprobación del Acta en cuestión.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el ACTA COMPLEMENTARIA Nº 2 al CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SARMIENTO, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica y de Cooperación Técnica y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1306-05








ANEXO I




ACTA COMPLEMENTARIA N° 2 AL CONVENIO MARCO DE

COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA Y

LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SARMIENTO


Entre la Universidad Nacional de Salta. representada en este acto por su Rectora, Ing. Stella M. Pérez de Bianchi con domicilio en Bolivia Nº 5150 de la ciudad de Salta y la Universidad Nacional de Gral. Sarmiento. representada por su Rector Lic. Silvio Israel Feldman con domicilio legal en la calle Juan María Gutiérrez Nº 1150. Los Polvorines. Partido de Malvinas Argentinas, Provincia de Buenos Aires, acuerdan celebrar la presente Acta Complementaria n° 2 al convenio marco, la que se regirá por las siguientes cláusulas:


PRIMERA: La presente Acta Complementaria tiene por objetivo establecer las actividades que en forma conjunta realizarán ambas partes, por intermedio de profesionales del Area de Economía del Instituto de Ciencias (ICI) de la Universidad Nacional de General Sarmiento y de la Maestría en Políticas Sociales de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Salta, con el fin de potenciar las investigaciones relacionadas en temas Que se vienen dando en ambos centros de investigación universitaria.


SEGUNDA: Al efecto las partes se comprometen. en relación al análisis empírico de ciertos fenómenos del mercado laboral argentino. a realizar estudios conjuntos sobre el siguiente tema: Inestabilidad. desempleo y precarización laboral: características y efectos sobre el bienestar de los hogares.


TERCERA: La coordinación de la investigación en Salta estará a cargo de María Angela Aguilar y Sonia Alvarez a través de sus respectivos proyectos de investigación enmarcados en las actividades de investigación de la Maestría en Políticas Sociales y del CIUNSa.


CUARTA: Los objetivos específicos son:


1. Identificar y evaluar los movimientos que se verifican entre diferentes estados del mercado de trabajo -esto es, entre ocupaciones, entre la ocupación y el desempleo o la inactividad o entre estas dos últimas- que estarían provocando una mayor inestabilidad laboral y relacionarlos con los fenómenos de desocupación y precariedad laboral;

2. Analizar los grupos de individuos. en términos de atributos personales v de su experiencia laboral. que presentan mayores riesgos de inestabilidad laboral. desocupación y precariedad;


3. Analizar los cambios y características de la movilidad laboral a la luz del comportamiento del mercado de trabajo y de la evolución económica en general;







4. Estudiar para diferentes tipos de hogares. los efectos de la movilidad laboral. el desempleo y la precariedad sobre los niveles y estabilidad de los ingresos familiares: y sobre otras dimensiones de las condiciones de vida de los hogares.


5. Identificar y analizar los comportamientos y estrategias que los hogares desarrollan ante la inestabilidad y la desocupación. en particular. los relacionados con las formas que asumen la organización de la vida doméstica. la búsqueda de trabajo, las demandas al Estado en materia de políticas sociales, la participación en redes primarias (familia extensa. amistades) y comunitarias de intercambio.


  1. Explorar los recursos que los hogares movilizan frente a las nuevas situaciones. los universos de significación en los que aquellos se valorizan y su relación con las estrategias desarrolladas.

QUINTA: Son obligaciones del equipo de la Universidad Nacional de Salta:


1. Apoyar al equipo del Instituto de Ciencias de la Universidad Nacional de General Sarmiento en su investigación y actividades relacionadas con el Proyecto: "Inestabilidad. desempleo y precarización laboral: Características y Efectos sobre el Bienestar de los hogares".

2. Ayudar a generar. en el espacio de la Universidad Nacional de Salta. un polo de investigación y desarrollo de actividades que apunten al afianzamiento del Proyecto como línea de investigación.


SEXTA: La UNGS se compromete a facilitar los resultados de las entrevistas y del relevamiento en general que se realizan en el marco del Proyecto.



SEPTIMA: Los resultados que se logren. como consecuencia de trabajos realizados en virtud del presente Acuerdo. serán de propiedad común y podrán ser publicados, conjunta o separadamente, por las partes; con indicación de origen y autoría. En términos de difusión de los resultados, se esperan los siguientes productos:


1. Artículos en revistas especializadas. participación en congresos y seminarios en los cuales se presentarán documentos.


2. Organización de Jornadas Anuales en el ámbito de la UNGS y la FCPyS especialmente organizadas para discutir resultados.


3. Se editarán documentos de trabajo con resultados parciales durante el segundo y tercer año del proyecto. así como un libro con los resultados finales hacia el fin del tercer año.









OCTAVA: El presente convenio regirá a partir de la fecha de la última firma puesta en él y mantendrá su vigencia por el término de DOS (2) años, renovándose a su vencimiento en forma automática. Asimismo. podrá ser rescindido antes de su vencimiento. a solicitud de uno de los signatarios. lo cual deberá ser comunicado a la otra parte con una antelación no menor de treinta (30) días y por medios fehacientes.


NOVENA: Se adjunta a la presente el Anexo I que formará parte del mismo en el que se da cuenta del Proyecto de investigación con su correspondiente cronograma, objetivos y resultados.


DECIMA: En caso de controversia las partes acuerdan resolver sus diferencias mediante el diálogo y amistosamente. renunciando a los fueros de la justicia.


En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. a los ocho días del mes de agosto de dos mil cinco.



Firmado Firmado

LIC. SILVIO ISRAEL FELDMAN ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI

RECTOR RECTORA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SARMIENTO UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA