SALTA, 20 OCT 2005




Expte. Nº 18.177/05


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por la DIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicita autorización de extensión horaria para el personal de la Dirección de Construcciones y Mantenimiento, con el fin de dar cumplimiento a lo pautado en el Plan de Seguridad en edificios de esta Universidad a partir del 1º de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2005.


Por ello y atento a lo informado por la DIRECCIÓN DE REGISTRO Y CONTROL DE PERSONAL y lo aconsejado por la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,

LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Tener por prorrogada la autorización de la liquidación y pago de un Complemento Remunerativo No Bonificable a favor del sigiente personal de la Dirección de Construcciones y Mantenimiento, en los términos del artículo 1º inciso a) de la resolución CS-Nº 030/00 y sus ampliatorias, con efecto al 1º de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2005:




ARTICULO 2º.- Tener por autorizada la liquidación y pago de un Complemento Remunerativo No Bonificable a favor del siguiente personal de la Dirección de Construcciones y Mantenimiento, en los términos del artículo 1º inciso a) de la resolución CS-Nº 030/00 y sus ampliatorias, con efecto al 1º de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2005:



ARTICULO 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución al inciso 1 - Gastos en personal, del Presupuesto de la Universidad para el corriente ejercicio.


ARTICULO 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Dirección General de Personal, Dirección de Construcción y Mantenimiento y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1089-05