SALTA, 27 JUN 2005




Expte. Nº 18.222/04


VISTO estas actuaciones y la Resolución Rectoral Nº 1434-04 de fecha 29 de noviembre de 2004; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma se llama a Concurso Interno, en el ámbito de Rectorado, de antecedentes y pruebas de oposición para cubrir un (1) cargo del agrupamiento de Servicios Generales de la Planta de Personal de Apoyo Universitario de la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS.


QUE a fs. 34 el Jurado expresa que al no alcanzar ninguno de los postulantes el mínimo de 35 puntos en la prueba de oposición, no fueron evaluados los antecedentes y no se emitió orden de mérito, para el cargo objeto del concurso.


QUE la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS solicita se declare desierto el concurso interno y se llame a Concurso General.

Por ello,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Declarar desierto el Concurso Interno convocado por Resolución rectoral Nº 1434-04, por los motivos expuestos en el exordio de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Llamar a Concurso General de antecedentes y pruebas de oposición, en el ámbito de la Universidad Nacional de Salta, para cubrir un (1) cargo del Agrupamiento de Servicios Generales de la Planta de Personal de Apoyo Universitario de la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS, el que se regirá por las normas dispuestas en la resolución Nº. 687-88 y modificatorias, estableciéndose la misión y funciones para dicho cargo de acuerdo al siguiente detalle:



MISIÓN: Organiza, dirige y supervisa los servicios de vigilancia, limpieza, correspondencia y telefonía de Rectorado y Complejo Universitario.


FUNCIONES:














ARTICULO 3º.- Establecer las siguientes condiciones generales y particulares para los cargos motivo del concurso:



ARTICULO 4º.- Dejar aclarado que la remuneración mensual para el cargo se establecerá en concordancia con lo que fijen las leyes vigentes, y el horario de trabajo será de treinta y cinco (35) horas semanales, en el horario de 06:30 a 13:30 horas, y de acuerdo a los requerimientos de la Universidad.


ARTICULO 5º.- Designar a los miembros del Jurado que tendrá a su cargo el desarrollo y evaluación del concurso convocado en el artículo 1º.


MIEMBROS TITULARES



MIEMBROS SUPLENTES





Es oportuno recordar, que formar parte de un Jurado y/o tribunal examinador, constituye una carga pública y no facultativa, por lo que las posibles excusaciones y/o recusaciones deben estar fundadas en lo que determina el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Art. 70 del Escalafón para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales).


ARTICULO 6º.- Fijar el siguiente cronograma de actividades para el concurso:



ARTICULO 7º.- Invitar a la entidad gremial A.P.U.N.Sa., a efectuar la designación de un veedor titular y suplente.


ARTICULO 8º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarias, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, Instituto de Educación Media “Dr. Arturo Oñativia”, Dirección de Relaciones Públicas, Miembros del Jurado y APUNSa. Cumplido siga a DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0595-05