SALTA, 01 de junio de 2005




Expte. Nº 6.747/04


VISTO estas actuaciones relacionadas con el ACTA ACUERDO suscrita entre las FACULTADES DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA REGIÓN NOA (NOROESTE) DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES; y


CONSIDERANDO:


QUE el mencionado Convenio tiene como objetivo proponer acciones que permitan una mejora continua de la calidad de, sus ofertas académicas promoviendo acciones orientadas a fortalecer institucionalmente a las Facultades mediante la cooperación interinstitucional que posibilite la difusión de las actividades de producción y la transferencia de conocimiento en sus áreas de competencia.


QUE a fs. 5, ASESORIA JURÍDICA emite Dictamen Nº 7966, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO a fs. 7 mediante Despacho Nº 67/05 del 4 de mayo de 2005, aconseja la aprobación del Acta Acuerdo de referencia.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar y poner en vigencia el ACTA ACUERDO suscrita entre las FACULTADES DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA REGIÓN NOA (NOROESTE) DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES, la que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales y notifíquese a los interesados. Cumplido, siga a RECTORADO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA VICERRECTOR



RESOLUCIÓN - R - Nº 0509-05














ACTA ACUERDO ENTRE LAS FACULTADES DE CIENCIAS ECONÓMICAS

DE LA REGIÓN NOA (NOROESTE) DE LAS UNIVERSIDADES

NACIONALES.


La Facultad de Ciencias Económicas y Administración de la Universidad Nacional de Catamarca, representada por su Decana CPN María Beatriz MAZA; la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Jujuy, representada por su Decana Licenciada Elide C. de BRACAMONTE; la Facultad de Humanidades, Ciencias Sociales y de la Salud de la Universidad Nacional de Santiago del Estero, representada por su Decana Licenciada Natividad NASSIF; la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de Salta, representada por su Decano CPN Víctor Hugo CLAROS; la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Tucumán, representada por su Decano CPN Juan Alberto CERISOLA; acuerdan la realización de actividades conjuntas conforme a las cláusulas establecidas en el presente instrumento y en el marco de Colaboración Mutua existente con el afán de proponer acciones que permitan una mejora continua de la calidad de, sus ofertas académicas promoviendo acciones orientadas a fortalecer institucionalmente a las Facultades mediante la cooperación interinstitucional que posibilite la difusión de las actividades de producción y la transferencia de conocimiento en sus áreas de competencia. Para ello se deja establecido lo siguiente: Primera: Realizar anualmente un Congreso Regional en Ciencias Económicas rotando las sedes en las distintas Facultades firmantes del presente acuerdo. Segunda: Se establece que la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración de la Universidad Nacional de Catamarca será la sede del primer Congreso Regional en Ciencias Económicas. Tercera: En cada Congreso Regional se fijará la Sede del próximo Congreso por acuerdo de los Decanos. Cuarta: Se acuerda fijar como programa de trabajo prioritario a desarrollar en conjunto entre las Facultades signatarias la realización de actividades académicas de Perfeccionamiento, Actualización y de Postgrado; acciones de investigación científica conjunta y conformación de redes temáticas que posibiliten una comunicación y cooperación en forma sistemática y continua.

Quinta: La presente Acta Acuerdo tendrá una vigencia (cinco) años partir de su aprobación por las autoridades competentes en cada una de las partes signatarias, la que se considera automáticamente renovada por un nuevo período similar por las partes intervinientes que 60 (sesenta) días antes de su vencimiento no denuncie formalmente su desvinculación al presente Acuerdo. En prueba de conformidad se firman 6 (seis) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a los veinticinco días del mes de septiembre de 2004.


Firmado Firmado

CPN María Beatriz MAZA Elide C. de BRACAMONTE

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY


Firmado Firmado

Licenciada Natividad NASSIF CPN Víctor Hugo CLAROS

UNIVERSIDAD NACIONAL DE UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

SANTIAGO DEL ESTERO


Firmado

CPN Juan Alberto CERISOLA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN