SALTA, 01 de junio de 2005




Expte. Nº 11.076/04


VISTO estas actuaciones relacionadas con el PROTOCOLO ADICIONAL suscrito entre la ESCUELA DE EDUCACIÓN TÉCNICA Nº 5122 “MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES” y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el mencionado Protocolo tiene como objetivo desarrollar proyectos educativos y fomentar actividades académicas de investigoción y extensión para promover el desarrollo y la gestión sostenible de actividades educativas tendientes a brindar una base matemática en los alumnos que van a egresar de la escuela e ingresar a la Universidad.


QUE a fs. 8, ASESORIA JURÍDICA emite Dictamen Nº 7829, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO a fs. 13 mediante Despacho Nº 12/05, aconseja la aprobación del Protocolo en cuestión.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el PROTOCOLO ADICIONAL suscrito entre la ESCUELA DE EDUCACIÓN TÉCNICA Nº 5122 “MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES” y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias Naturales y notifíquese al interesado. Cumplido, siga a SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA VICERRECTOR



RESOLUCIÓN - R - Nº 0507-05



PROTOCOLO ADICIONAL

ENTRE LA

ESCUELA DE EDUCACIÓN TÉCNICA N° 5122

"MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES" Y LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA


Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en adelante la Universidad, a través de la Facultad de Ciencias Naturales, representada en este acto por su Rectora, lng. Agr. Stella Maris PÉREZ, de BIANCHl, con domicilio en calle Av. Bolivia Nº 5150 de la ciudad de Salta y la ESCUELA DE EDUCACIÓN TÉCNICA Nº 5122 “MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES", en adelante la Escuela, representada en este acto por su Director, lng. Agr. Marcelo CAJARAVILLA, con domicilio en Av. Kennedy s/n de la ciudad de Salta, acuerdan celebrar el presente PROTOCOLO ADICIONAL en el marco del Convenio firmado entre el Gobiemo de la Provincia de Salta y la Universidad Nacional de Salta, prorrogado por Resolución R -N° 161/03 y por Dcto. PEP Nº 683/03 el que se regirá por las siguientes cláusulas:


PRIMERA: OBJETIVOS:

Las partes preveen desarrollar proyectos educativos y fomentar actividades académicas de investigación y extensión para promover el desarrollo y la gestión sostenible de actividades educativas tendientes a brindar una base matemática en los alumnos que van a egresar de la escuela e ingresar a la Universidad.


SEGUNDA: REPONSABLES: A fin de alcanzar los objetivos propuesto en la cláusula precedente, la Universidad a través de la Facultad de Ciencias Naturales como Unidad Académica, pone disposición la cátedra de Matemática I de las escuelas de Agronomía y Recursos Naturales y de Matemática de la Escuela de Biología y designa como coordinadores y responsables de estas actividades a los docentes: Prof: Rolando Vera y Mg. Elodia Mónica Arias.

La Escuela designa como coordinador y responsable a la Prof. Azucena Echazú, DNI N° 5.152.040.


TERCERA: ACTlVIDAD A DESARROLLAR:

1. Coordinar actividades para la implantación de una propuesta de enseñanza y aprendizaje a llevarse a cabo en forma conjunta con los docentes de la Escuela, aplicando metodologías y estrategías para estudiantes que deseen avanzar en estudios universitarios que requieran de una formación básica en matemática.

2. Promover acciones que permitan una comunicación permanente entre la Escuela y las cátedras de Matemáticas de las distintas escuelas con el fin de afianzar los aprendizajes matemáticos.

3. Amplia la propuesta a otras escuelas provinciales privadas o públicas de orientación agraria o rural a partir del período 2006, incorporando al equipo de coordinación a los profesores de Escuela Técnica.


CUARTA: La implementación de la propuesta en la Escuela se hará a partir del presente año y se trabajará con alumnos de segundo y tercer año del Polimodal y se hará extensiva la propuesta metodológica al Tercer Ciclo de EGB y primer año del Polimodal a partir de la fecha de inicio del periodo lectivo 2005.





QUINTA:

Las accíones previstas para la concreción de los objetívos del presente Protocolo estarán sustentadas por la teoría de las representaciones semióiícas y técnica de resolución de problemas. Las actividades (talleres, reuniones, jornadas), darán lugar a un ACTA en la que se detallarán las personas que harán las tareas, gastos, costos, honorarios, insumos, seguros y todo otro dato que se considere importante hacer constar. Estas actividades estarán orientadas a dar cumplimiento a Ias siguientes acciones:


SEXTA: OBLIGACIONES:

La Facultad de Ciencias Naturales se hará responsable de garantizar los medios para la concreción de los talleres y reuniones necesarias con docentes de la Escuela.

La Escuela se hará cargo del traslado de docentes y alumnos a la Universidad para, participar de las jornadas y talleres que propongan, a editar el material para las actividades propuestas y a tramitar ante el Ministerio de Educación la certificación correspondiente a los talleres que se realicen en la Escuela.


SÉPTIMA: DURACIÓN :

La duración del presente Protocolo será de dos años renovables por períodos iguales, mientras duren las actividades que dieron orígen al mismo.

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto en la ciudad de Salta a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil cinco.




Firmado Firmado

ING. AGR. MARCELO CAJARAVILLA ING. AGR. STELLA MARIS P. DE BIANCHI

DIRECTOR NORMALIZADOR RECTORA

ESC. EDUC. TÉC. Nº 5122 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA