SALTA, 28 MAR 2005




Expte. Nº 255/01


VISTO estas actuaciones y la resolución rectoral Nº 099-01 homologada por resolución CS-Nº 070/02; y



CONSIDERANDO:


QUE por el artículo 1º de la mencionada resolución se aprueba y pone en vigencia el Convenio suscrito el 11 de diciembre de 2000, entre la SECRETARÍA PARA LA TECNOLOGÍA, LA CIENCIA Y LA INNOVACIÓN PRODUCTIVA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA.


QUE por el artículo 2º se instala y pone en funcionamiento el CENTRO TECNOLÓGICO COMUNITARIO EDUCATIVO (CTCE) en la Sede Regional Tartagal, en el marco del Programa Nacional para la Sociedad de la Información, creado por Decreto Nº 252/00.


QUE la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA a fs. 119 hace saber el artículo segundo del convenio expresa: “El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro (4) años contados a partir de la fecha de su firma. Podrá ser prorrogado por período similares si las partes lo manifiestan fehacientemente”., por lo tanto, a la fecha se encuentra vencido y además la conexión de Internet nunca se concretó.


QUE en virtud de ello, la citada Secretaría sugiere que habiendo vencido el Convenio, se elabore resolución teniendo en cuenta lo expresado por la Directora de la Sede y se asigne a la misma la facultad de designar al Coordinador del CTCE, a través de un mecanismo que la Señora Rectora considere pertinente, atento a que la Sede tiene la responsabilidad patrimonial de los bienes instalados en el Centro.


QUE ASESORÍA JURÍDICA a fs. 120, emite Dictamen Nº 7880 en donde expresa que habiendo analizado dicho Convenio aconseja emitir resolución de finalización del mismo por motivo del incumplimiento del plazo, manifestando que no se ha optado por su renovación.

En cuanto a los bienes, sugiere disponer de ellos en la forma prevista en el Convenio y en lo referente a la continuidad del Departamento u oficina que se ha creado, aconseja cubrir los cargos en la forma que tiene a tal efecto la Universidad y conforme a su reglamentación interna.

Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Tener por finalizado el Convenio suscrito entre la SECRETARÍA PARA LA TECNOLOGÍA, LA CIENCIA Y LA INNOVACIÓN PRODUCTIVA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, con efecto al 12 de diciembre de 2004, en un todo de acuerdo al Dictamen Nº 7880 de Asesoría Jurídica.


ARTICULO 2º.- Establecer que se dispondrá de los bienes instalados en el CENTRO TECNOLÓGICO COMUNITARIO EDUCATIVO (CTCE) ubicado en la Sede Regional Tartagal, en la forma en que lo ha previsto el referido Convenio.


ARTICULO 3º.- Disponer que la cobertura de los cargos en cuestión se hará en la forma que tiene a tal efecto la Universidad y conforme a su reglamentación interna.


ARTICULO 4º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Sede Regional Tartagal, Dirección General de Administración, Asesoría Jurídica, F.U.Sa., Unidad de Auditoria Interna y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la SEDE REGIONAL TARTAGAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0185-05