SALTA, 18 FEB 2005



Expte. Nº 4.880/04


VISTO estas actuaciones relacionadas con el Acta Acuerdo suscrita entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y el INSTITUTO DE EDUCACIÓN INTEGRAL SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el objeto de la misma es:




QUE a fs. 6, ASESORIA JURÍDICA emite Dictamen Nº 7721, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO a fs. 8 mediante Despacho Nº 181/04 del 24 de noviembre de 2004, aconseja la aprobación de la referida Acta Acuerdo.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta Acuerdo suscrita entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y el INSTITUTO DE EDUCACIÓN INTEGRAL SALTA, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Cooperación Técnica, Facultad de Humanidades, Consejo de Investigación, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado. Cumplido, siga a SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA VICERRECTOR



RESOLUCIÓN - R - Nº 0032-05







ANEXO I




ACTA ACUERDO


Entre la Universidad Nacional de Salta, en adelante la Universidad, representada en este acto por la Sra. Rectora, Ing. Stella Pérez de Bianchi, y el Instituto de Educación Integral Salta, en adelante el Instituto, representado por su Directora, Prof. Iris de los Ángeles Olarte, se suscribe la presente Acta Acuerdo, que se regirá por las siguientes cláusulas, en el marco del Convenio con la Provincia de Salta:


ARTÍCULO 1º: OBJETO


La Universidad dispone: Siendo el propósito general del mencionado Proyecto Nº 1074/02 la investigación de las representaciones sociales, prejuicios y valores que sustentan los alumnos de esta institución de nivel polimodal sobre los "buenos" y "malos" profesores, a través de la observación e indagación directa e indirecta de las prácticas cotidianas de enseñanza y del análisis e interpretación del discurso de los profesores, los alumnos y el cuerpo directivo de esta institución, el objeto de esta Acta Acuerdo es


a) Analizar, reflexionar y proponer mejoras de la práctica docente de los profesores de polimodal en general y del 3º año en particular del Colegio Integral, sobre la base de la investigación realizada por el Proyecto Nº 1074 durante los años 2002, 2003 Y 2004, denominado: "Buenos" y "malos" profesores desde las representaciones sociales de los alumnos del nivel Polimodal.


b) Asesorar y promover espacios de reflexión conjunta entre los investigadores de la UNSa, el cuerpo de profesores de polimodal y el cuerpo directivo del Colegio a través de Talleres Institucionales de Actualización y Perfeccionamiento coordinados por el equipo de investigación del Proyecto Nº 1074/02.


ARTICULO 2º: RESPONSABLES


Por la Universidad:

Corresponsables:

Miembros del proyecto de Investigación:


Por el Instituto de Educación Integral:










ARTICULO 3º: OBLIGACIONES


Del equipo de investigación del Proyecto 1074/02 del CIUNSa.

a) Organización y coordinación de tareas inherentes al presente Acta Acuerdo

b) Presentación de una versión de los informes de avance de las tareas y del trabajo final que se presenta ante el Consejo de Investigaciones de la Universidad Nacional de Salta (CIUNSa) antes de la fecha del 31 de Diciembre de 2004, ante el Instituto.

c) Presentación de trabajos en Congresos, Jornadas y eventos científicos, sobre temáticas planteadas en este Acta Acuerdo.


De los responsables del Instituto:

Posibilitar el acceso de la documentación institucional pertinente para permitir el desarrollo de las tareas enunciadas en este Protocolo

Realizar todas aquellas tramitaciones pertinentes para permitir el desarrollo de las tareas enunciadas en el Artículo 1º, favoreciendo la intermediación y negociación con alumnos y profesores.


ARTICULO 4º:


Se establece como plazo de finalización de los trabajos enmarcados en el presente Protocolo, el 31 de Diciembre de 2004, obligándose la Universidad, a través del Proyecto Nº 1074/02, a la presentación periódica de informes.


ARTÍCULO 5º:

El presente protocolo no persigue fines de lucro.


ARTÍCULO 6º:


Firman, además el presente protocolo, el Presidente del CIUNSa., Lic. Elvio Alanís, y la Decana de la Facultad de Humanidades, Lic. Catalina Buliubasich.


En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a solo efecto, en Salta, a los nueve del mes de diciembre de dos mil cuatro.



Firmado Firmado

Prof. Iris de los Angeles Olarte Ing. Agr. Stella Maris P. de Bianchi

Directora Rectora

Instituto de Educación Integral Universidad Nacional de Salta


Firmado Firmado

Catalina Buliuvasich Lic. Elvio E. Alanís

Decana Presidente

Facultad de Humanidades Consejo de Investigación