SALTA, 05 NOV 2004




Expte. Nº 8.229/03



VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN suscrito entre la UNIVERSIDAD TÉCNICA DE ORURO, BOLIVIA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el presente Convenio tiene por objetivo marcar las líneas generales que enmarcarán las futuras relaciones entre las dos instituciones, en los campos académico, investigativo y cultural.


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 10 en su Dictamen Nº 7134, expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE a fs. 20 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 103/04 de fecha 13 de octubre de 2004, en el cual aconseja la aprobar el Convenio en cuestión.


Por ello y atento a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el CONVENIO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN suscrito entre la UNIVERSIDAD TÉCNICA DE ORURO, BOLIVIA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Coop. Téc. y Administrativa, Sedes, Dirección General de Administración, Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la COORDINACIÓN DE POSTGRADO Y RELACIONES INTERNACIONALES, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1289-04








ANEXO I


        1. CONVENIO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACION

UNIVERSIDAD TÉCNICA DE ORURO BOLIVIA

          1. LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, ARGENTINA

Por una parte la Universidad Técnica de Oruro, en adelante UTO, representada por el Ing. Pablo Zubieta Arce, Rector y por el Lic. Rolando Maldonado Magne, Vicerrector y por otra la Universidad Nacional de Salta, en adelante UNsa, representada por la Ing Stella Maris Pérez de Bianchi, Rectora, suscribe el presente CONVENIO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN al tenor de las siguientes cláusulas:


PRIMERA

            1. De las Partes.-

1.1.La UTO, es una institución pública de educación Superior, creada mediante Ley de la republica promulgada el 15 de Octubre de 1892, comprometida con la región y con la misión social de identificar y vincular los avances científicos y tecnológicos con el desarrollo regional y nacional.


1.2. La UNSa, fue creada en 1972 por Ley Nº 1963 y es una institución de derecho publico, autonomía y autárquica, que tiene por fines la promoción la difusión y preservación de la cultura. Cumple este propósito en contacto permanente con el pensamiento universal y presta particular atención a los problemas de la región y del país.


SEGUNDA:

Del objetivo.-


El presente convenio tiene por objetivo marcar las líneas generales que enmarcarán las futuras relaciones entre las dos instituciones, en los campos académico, investigativo y cultural.


En el campo académico se podrá llevar adelante eventos de formación en pregrado y postgrado, tomando a este ultimo como autofinanciado (por definición).


En el campo investigativo, se podrá realizar proyectos de investigación y generación de ciencia y tecnología en todas las áreas del conocimiento, en las que ambas universidades tienen actividad.


En el campo cultural, se verificara una serie de encuentros de estudiantes, docentes y otros grupos humanos que practiquen manifestaciones, como danza, música, literatura, pintura, escultura, cinematografía, video-producción y otros.


TERCERA

                1. De las Obligaciones.-

3.1 Obligaciones de la UTO.-


3.1.1 La UTO participara operativamente en el convenio presente, mediante las siete Facultades con la que cuenta y con la Dirección de Postgrado e Investigación Científica (DPIC), por lo que se obliga a instruir esta medida en sus diferentes unidades académicas.


3.1.2 La UTO por las instancias dependencias especificadas líneas arriba (DPIC y Facultades) deberá conformar equipos de estudio para la organización y realización de programas de Pre y Post grado, Nivel de Diplomado, Maestría y Doctorado, abarcando las temáticas actuales y de



importancia, desde el punto dé vista de los recursos naturales, el medio ambiente y considerando el enfoque del desarrollos sostenible y la equidad étnica y de género. De la misma forma otros eventos que permitan cumplir el objetivo. En cada caso se elaborará un presupuesto que precise los aportes y beneficios para cada universidad.


3.1.3 Otorgar los ambientes adecuados (pedagógicos) para la formación de recursos humanos y en lo posible equipamiento mnemotécnico, para la realización de los eventos programados oportunamente que se realicen en Oruro; asimismo, se brindara seguro medico a los profesores Argentinos durante su permanencia en Oruro. En la medida de lo posible se dará alojamiento en la casa de huéspedes, según disponibilidad.


3.1.4 Coordinar las actividades culturales por medio de la dirección de la Casa de la Cultura, pero dejando también que cada unidad académica tome contacto con su similar en la UNSa y pueda ejecutar un intercambio. Anualmente confeccionara-junto a la UNSa- un calendario de actividades culturales.


3.1.5 Plantear temas de investigación que sean de interés común y llevarlos a cabo en el marco de una participación equitativa UTO-UNSa en cuanto a Personal, equipamiento, materiales y suministros y recursos económicos que sean necesarios.


3.2 Obligaciones de la UNSa.-


3.2.1. La UNSa participara operativamente del convenio presente, mediante las seis facultades con las que cuenta, institutos de investigación secretaria académica y consejo de investigación; por lo que se obliga a instruir esta medida en sus diferentes unidades académicas.


3.2.2 La UNSa, por las instancias y dependencias especificadas líneas arriba deberá conformar equipos de estudio par la realización y organización de programas de Pre y Post grado, Nivel de Diplomado, Maestría y Doctorado, abarcando las temáticas actuales y de importancia, desde el punto de vista de los recursos naturales, el medio ambiente y considerando el enfoque del desarrollo sostenible y la equidad étnica y de género. De la misma forma otros eventos que permitan cumplir el objetivo. En cada caso se elaborará un presupuesto que precise los aportes y beneficios para cada universidad.


3.2.3 Otorgar los ambiente adecuados para la formación de recursos humanos y -en lo posible- equipamiento mnemotécnico, para la realización de los eventos programados oportunamente que se realicen en Salta; asimismo, se brinda seguro medico a los profesores Bolivianos, durante su permanencia en Salta. En la medida de lo posible se dará alojamiento en la Casa de huéspedes, según disponibilidad.


3.2.4. Coordinar las actividades culturales por medio de la Secretaria de Extensión Universitario, pero dejando también que cada unidad académica tome contacto con su similar en la UTO y pueda ejecutar un intercambio. Anualmente confeccionara -junto a la UTO- un calendario de actividades culturales.


3.2.5 Plantear temas de investigación que sean de interés común y llevarlos a cabo en el marco de una participación equitativa UNSa-UTO en cuanto a Personal, equipamiento, materiales y suministros y recursos económicos que sean necesarios.

La investigación estará también Coordinada por el Consejo de Investigación de la Universidad Nacional de Salta (CIUNSa).



CUARTA

De las Actividades Conjuntas


Ambas Instituciones deberán realizar forma CONJUNTA las siguientes actividades: Programar, ejecutar y evaluar las actividades de:

Información

Investigación.

Extensión

Formación Académica

Asesoramiento en general

Para el cumplimiento del objetivo del presente convenio


Asimismo, se procurara dar el uso máximo posible al sistema de Teleconferencias instalado en ambas instituciones.


Ambas instituciones podrán realizar en forma SEPARADA las siguientes actividades: Gestionar y ejecutar convenios con TERCEROS, que permitan contribuir al logro de objetivos comunes, particularmente en tema de recursos económicos, donaciones de materiales y equipamiento, así como participaciones gratuitas de profesionales Probadamente calificados.


QUlNTA:

Del uso de la Información

La información que se genere a parir de las actividades de Investigación podrá ser utilizada por ambas Instituciones por separado, siempre y cuando se cuente con la autorización escrita de la contraparte y se cite adecuadamente el origen de los datos.


SEXTA

Del domicilio. comunicaciones y coordinación

Para los efectos del presente convenio las partes señalan como Domicilio Legal a las siguientes direcciones:


Ing Msc Juan Zubieta Arce.

Director de Postgrado e Investigación Científico-UTO

Av 6 de Octubre esq Cochabamba Casilla Postal N°49

              1. Oruro

Ing Msc Christian Cortés Gumucio

Director de Relaciones Nacionales e Internacionales-UTO

Av 6 de Octubre esq Cochabamba

Crico_gu@hotmail.com

              1. Oruro

Dr. Ing Gerardo Zamora E.

gzamora@coteor.net.bo

              1. Oruro

Ing. Angel Zapata S

Azapata36bo@yahoo.es

Oruro




La UNSa Señala su domicilio legal en calle Buenos Aires 177 de la ciudad de Salta

Código Postal 4400 Provincia de Salta Republica Argentina

E-mail rector@unsa.edu.ar


SEPTIMA

                1. De la Vigencia. Modificaciones. Renovación v Rescisión

El presente convenio tendrá vigencia de CINCO años de su firma. Podrá ser ampliado modificado y/o renovado por acuerdo entre partes. Para su escisión, ya sea por incumplimiento de los compromisos o por deseo de una de las instituciones, se comunicara con la anticipación mínima de dos meses y se dará por culminado de manera definitiva cuando el ultimo proyecto en camino se concluido a satisfacción de AMBAS Instituciones.


OCTAVA:

              1. De la conformidad

En señal de aceptación de todas y cada una de las cláusulas precedentes, firman las partes en TRES ORIGINALES de un mismo tenor y a un solo efecto.


Es dado, firmado y sellado en el despacho de Sres Rectores, el día 1º de julio del año 2004.



Firmado Firmado Firmado

Ing. Pablo Zubieta Arce Lic. Rolando Maldonado Magne Ing. Agr. Stella Pérez de Bianchi

Rector UTO Vicerrector UTO Rectora UNSa