SALTA, 26 0CT 2004




Expte. Nº 10.964/03



VISTO estas actuaciones relacionadas con la CARTA ACUERDO suscrita entre la FACULTAD DE AGRONOMÍA Y ZOOTECNIA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA a través de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES; y


CONSIDERANDO:


QUE ambas partes ejecutarán el proyecto AgroMat, Aula Virtual de Matemática para Agronomía.


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 25 en su Dictamen Nº 7178, expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE a fs. 32 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 39/04 de fecha 19 de moyo de 2004, en el cual aconseja la aprobación de la mencionada Carta Acuerdo.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar la CARTA ACUERDO suscrita entre la FACULTAD DE AGRONOMÍA Y ZOOTECNIA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN UNIVERSIDAD NACIONAL y la DE SALTA a través de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Administrativa y de Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias Naturales, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1249-04




ANEXO I

CARTA ACUERDO

ENTRE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA Y ZOOTECNIA

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN

y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA a través de la Facultad de Ciencias Naturales, en adelante "LA FCN", representada en este acto por la Sra. Rectora Ing. Agr. Stella Maris PÉREZ de BIANCHI y por el Sr. Decano de la Facultad de Ciencias Naturales, Dr. Julio Rubén NASSER y la FACULTAD DE AGRONOMÍA Y ZOOTECNÍA de la Universidad Nacional de Tucumán, en adelante "LA FAZ", representada en este acto por el Sr. Decano Dr. Agr. Carlos Hugo BELLONE, y en el marco del Convenio entre Universidades Nacionales firmado en el Consejo Interuniversitario Nacional (Resolución Nº 362/94).y los Convenios de Mutua Colaboración entre la Universidad Nacional de Salta y la Universidad Nacional de Tucumán, se suscribe la presente Carta Acuerdo con la finalidad que se detalla en las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA FCN y LA FAZ ejecutarán el Proyecto AgroMat, Aula Virtual de Matemática para Agronomía ( www.unsa.edu.ar/agromat), bajo la responsabilidad de los profesores Ramón Ornar Renfige Córdoba (Profesor Adjunto de LA FCN y autor del Proyecto) y la Lic. Dolores Regina Solbes (Profesora Titular de LA FAZ), tendiente a:

a) Coordinar y actuar mancomunadamente en materia de asistencia a las Cátedras de Matemática de la Escuela de Agronomía de LA FCN y de Matemáticas de LA FAZ, toda vez que las circunstancias lo aconsejen y permitan.

b) Recibir en las condiciones que se establecieran, a solicitud de cualquiera de las partes co-celebrantes, a profesores y alumnos, a los fines de la participación de estos en la unidad receptora.

c) Acceder en cualquiera de las Instituciones, según los plazos definidos por las mismas, y en la medida de sus posibilidades, a material bibliográfico y de apoyo académico necesarios.

d) Establecer acuerdos de pasantías e intercambios de profesores y expertos para el desarrollo del mencionado Proyecto, en marco de la reglamentación vigente.

e) Organizar cursos de grado y posgrado de actualización de conocimientos, de perfeccionamiento: seminarios, talleres, jornadas y cualquier otro tipo de reunión presencial, semipresencial o a distancia, que es de interés para ambas Facultades.

f) Realizar ediciones, publicaciones y producciones conjuntas y de interés común.

g) Otras acciones que se acuerden en forma adicional a la presente Carta Acuerdo sobre la base de los objetivos antes señalados.

SEGUNDA: Para cumplimentar el objetivo enunciado, las instituciones signatarias aportarán el equipamiento informático, de escritorio y bibliográfico que disponen las Cátedras de Matemáticas de ambas Facultades.


TERCERA: Los elementos inventariables entregados en calidad de préstamo por una de las partes a la otra, deberán ser restituidos una vez cumplida la finalidad para los que fueron destinados, en buen estado de conservación, sin perjuicio del demérito ocasionado por el uso normal y el paso del tiempo. La parte receptora será considerada a todos los efectos como depositaria legal de los elementos.

CUARTA: Los resultados que se logren parciales o definitivos, como consecuencia de la labor conjunta, así como la propiedad intelectual de los mismos, será propiedad común de ambas Instituciones.

QUINTA: Todas las actividades del Proyecto conjunto que se lleven a cabo deberán ser objeto de un protocolo adicional que fijará las características y condiciones de la actividad a ejecutarse, el objeto del mismo, plazo de ejecución, responsables de ambas partes del financiamiento, dependencias intervinientes, administración y destino final de los bienes afectados al proyecto, eventuales derechos de propiedad intelectual, previsión de las consecuencias en caso de incumplimiento, confidencialidad y toda otra condición o circunstancia que se estime conveniente.

SEXTA: La presente Carta Acuerdo tendrá una duración de tres (3) años a partir de su firma, con renovación automática por iguales periodos si no existieren objeciones por alguna de las partes. Las partes signatarias podrán rescindirlas en forma unilateral mediante previo aviso por escrito con treinta (30) días de anticipación.

SÉPTIMA: Tanto en caso de no renovarlo como de rescisión anticipada, continuarán las actividades en curso de ejecución, salvo acuerdo en contrario.

OCTAVA: Para todos los efectos las partes se someten a la competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta, formulando expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, constituyendo domicilio legal LA FAZ en Avda. Roca 1900 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán y LA FCN en Avda. Bolivia 5150 de la ciudad de Salta, Provincia de Salta, en los que serán válidas y eficaces todas las notificaciones que se cursaren.

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de igual tenor y a un mismo efecto, en las ciudades de Salta y de San Miguel de Tucumán, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil cuatro.


Firmado Firmado Firmado

Dr. Agr. Carlos Hugo Bellone Dr. Julio R. Nasser Ing. Agr. Stella Pérez de Bianchi

Decano Decano Rectora

Facultad de Agronomía y Zootecnia Facultad de Ciencias Naturales Universidad Nacional de Salta

Universidad Nacional de Tucumán Universidad Nacional de Salta