SALTA, 26 OCT 2004




Expte. Nº 3.513/04


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por el Ing. Jesús Víctor DÍAZ, Director General del Centro de Cómputos de esta Universidad; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicita se autorice el complemento remunerativo no bonificable para el Programados Ernesto Pablo TOLABA, agente categoría 5 de la citada Dirección, a partir del 12 de octubre y hasta el 31 de diciembre del año en curso, en razón de que el mismo deberá atender, fuera de su horario habitual de trabajo, la implementación del Sistema Contable SIU-COMECHINGONES.


Por ello y atento a lo informado por la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL y lo aconsejado por SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Autorizar la liquidación y pago de un Complemento Remunerativo No Bonificable a favor del Sr. Ernesto Pablo TOLABA agente categoría 5 de la DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO DE CÓMPUTOS, para atender la implementación del Sistema Contable SIU-COMECHINGONES, fuera de su horario habitual de trabajo, el que se liquidará de acuerdo al registro que surja del sistema de control de asistencia, con un máximo de veinte (20) horas semanales de labor y del 60 % de su remuneración y en los términos del artículo 1º inciso a) de la resolución CS-N 030/00 y sus modificatorias, con efecto del 12 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2004.


ARTICULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución al inciso 1 - Gastos en personal, del Presupuesto de la Universidad para el corriente ejercicio.


ARTICULO 3º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Direcciones Generales de Administración y de Personal y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1244-04