SALTA, 15 OCT 2004




Expte. Nº 22.038/04 – Cuerpos I y II



VISTO las presentes actuaciones relacionadas con el Llamado a Inscripción de Interesados, para cubrir el cargo interino de Profesor P.T.P con 12 U.H. de la asignatura Música de 1º y 2º año del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL; y


CONSIDERANDO:


QUE se han cumplimentado todas las disposiciones establecidas por la resolución Nº 639/90.


QUE a fs. 314/321 Comisión Asesora emite Acta Dictamen, en el cual propone el correspondiente orden de mérito.


QUE los Profesores José Néstor MEVORAS y María Fiorella del Milagro PIGINI RUIZ, presentan impugnación al Dictamen.


QUE ASESORÍA JURÍDICA en su Dictamen Nº 7541 aconseja dar vista de a los miembros de la Comisión Asesora, a fin que tomen conocimiento de las impugnaciones y amplíen dictamen.


QUE a fs. 328/334 obra Acta de Ampliación de Dictamen, mediante la cual la Comisión Asesora ratifica por unanimidad el orden de mérito expuesto oportunamente.

QUE a fs. 336 ASESORÍA JURÍDICA emite Dictamen Nº 7628, el cual se transcribe a continuación:

Las actuaciones de referencia vienen a consideración de este Servicio Jurídico a fin que el mismo emita dictamen respecto de las impugnaciones presentadas por los Sres. José Néstor Mevoras y María Fiorella del Milagro Pigini Ruiz, en contra del dictamen emitido por la Comisión Asesora que intervino en el presente llamado a inscripción de interesados.

A fs. 323, mediante Dictamen N° 7541 este Servicio Jurídico aconsejó correr vista de las impugnaciones presentadas por los postulantes a los miembros de la Comisión Asesora a fin que los mismos tomen conocimiento y formulen ampliación de dictamen.

Rola a fs. 328/334 ampliación del Dictamen de la Comisión Asesora, en el que se ratifica el orden de méritos propuesto en su dictamen. Asimismo, en su ampliación de dictamen, la Comisión Asesora analizó y contestó cada uno de los planteos efectuados por los postulantes Mevoras y Pigini Ruiz en sus impugnaciones.

Analizadas las actuaciones de referencia este Servicio Jurídico no advierte vicios de procedimiento alguno. En cuanto a las impugnaciones de los postulantes las mismas son de índole académica y por lo tanto ajenas a la competencia de Asesoría Jurídica.

Por lo expuesto, y de compartirse el criterio expuesto, corresponde que, de conformidad al art. 22 de la Res CS N° 639/90 se giren las actuaciones a la Sra. Rectora para que resuelva las impugnaciones presentadas.”


QUE de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 22 de la resolución Nº 639/90, las impugnaciones serán resueltas por Rectorado.


QUE SECRETARÍA ACADÉMICA hace saber que comparte los mismos criterios.

Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Rechazar la impugnación presentada por la Prof. María Fiorella del Milagro PIGINI RUIZ, al Dictamen producido por la Comisión Asesora que entendió en el Llamado a Inscripción de Interesados, para cubrir el cargo interino de Profesor P.T.P con 12 U.H. de la asignatura Música de 1º y 2º año del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL, en un todo de acuerdo al exordio de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Notifíquese a la Prof. PIGINI RUIZ, que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral los recursos de reconsideración y jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.


ARTICULO 3º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y Académica, Asesoría Jurídica, Instituto y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a RECTORADO para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1205-04