SALTA, 14 OCT 2004


Expte. Nº 478/04


VISTO estas actuaciones y la resolución rectoral Nº 536-04, de fecha 5 de mayo de 2004; y


CONSIDERANDO:


QUE por la mencionada resolución se reconoce al Sr. Pedro Daniel VOLO, Secretario Privado de RECTORADO, quien trabajó durante el Receso Invernal de julio de 2003, diez (10) días hábiles de licencia y se dispone que los días reconocidos serán sumados a la su licencia anual reglamentaria, correspondiente al año 2004.


QUE a fs. 9 ASESORÍA JURÍDICA emite Dictamen Nº 7603, el cual se transcribe textualmente a continuación:

“El Sr. Pedro Volo solicita se le reconozcan 10 días hábiles trabajados durante el receso invernal en el año 2003 y se acumulen a su licencia anual reglamentaria.-

En efecto, por Res. Nº 536/04 se reconoció el trabajo realizado durante el receso invernal 2003 por el Sr. V0L0 y se autorizó a fs.4 su acumulación como licencia anual (Res. nº 536/04- Art.1º y 2º). -

El receso administrativo invernal, que facultativamente dispone la Universidad, no surge como una obligación laboral del empleador, sino como un ordenamiento administrativo fundado en razones prácticas y de economía que hace la Universidad cuando se produce el receso invernal académico, extendiéndolo al Personal de Apoyo Universitario conforme modalidades que cada año se establecen en forma discrecional.-

El empleador o la Universidad tiene la obligación de otorgar a sus dependientes la licencia anual y eventualmente, si por alguna razón, tal licencia no pudo ser usufructuada por el empleado y se produce la ruptura del vínculo laboral (renuncia, muerte, etc.), los días pendientes de licencia deben abonarse con los salarios pendientes de pago.-

Por tanto, los días no trabajados durante el receso invernal en principio no devengan salarios pendientes de pago, salvo que, como en este caso, expresamente la administración lo reconozca como pendiente de usufructo y los acumule a la licencia anual reglamentaria, tal como se ordena en la mencionada resolución, en cuyo caso sí corresponde abonar.-“


Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Autorizar a la DIRECCION GENERAL DE PERSONAL a efectuar al Sr. Pedro Daniel VOLO, ex Secretario Privado de esta Universidad, la liquidación y pago correspondiente a diez (10) días hábiles de licencia licencia anual reglamentaria del año 2004.


ARTICULO 2º.- Imputar el presente gasto en las respectivas partidas del Presupuesto de la UNIVERSIDAD por el corriente Ejercicio.


ARTICULO 3º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Direcciones Generales de Administración y de Personal y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 1184-04