SALTA, 08 OCT 2004




Expte. Nº 12.073/98



VISTO estas actuaciones relacionadas con el Protocolo de Capacitación y Actualización Profesional suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA a través de la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD y el CÍRCULO DE FONOAUDIÓLOGOS DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el mencionado protocolo se celebra en virtud del Convenio Marco suscripto oportunamente y tiene como objetivos actualizar los conocimientos teóricos que permitan analizar e interpretar adecuadamente los avances científicos y tecnológicos que hacen al área de la actividad fonoaudiólgica y ampliar conocimientos para el desempeño en el diagnóstico y prevención de las deficiencias de la comunicación en las áreas de la voz, audición y lenguaje, teniendo como base la capacitación para evaluar y realizar tratamiento.


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 354 en su Dictamen Nº 7229, observa el artículo 7º, el que fue correspondientemente aclarado.


QUE a fs. 368 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 93/04 de fecha 7 de julio de 2004, en el cual aconseja la aprobación del citado Protocolo, debiéndose consignar en el artículo 5º “Méd. José ADAMO”.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el PROTOCOLO DE CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA a través de la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD y el CÍRCULO DE FONOAUDIÓLOGOS DE SALTA, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Administrativa y de Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias de la Salud, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1169-04



ANEXO I


PROTOCOLO DE CAPACITACIÓN y ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL

ENTRE LA UNlVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Y EL CÍRCULO DE FONOAUDÍOLOGOS DE SALTA



Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA a través de la Facultad de Ciencias de la Salud, representada en este acto por su Rectora, Ing. Agr. Stella Maris PÉREZ DE BIANCHI, con domicilio en Buenos Aires Nº 177 de la ciudad de Salta, por una parte y el CÍRCULO DE FONOAUDÍOLOGOS DE SALTA, representado en este acto por su Presidente Flga. María Cristina ABDENUR, por la otra, con domicilio legal en calle Buenos Aires Nº 655 - DPTO. C de la ciudad de Salta, acuerdan celebrar el presente PROTOCOLO DE CAPACITACIÓN y ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL, en el marco del convenio suscripto entre la Universidad Nacional de Salta y el Círculo de Fonoaudiólogos de Salta, que se regirá por las siguientes cláusulas:


PRIMERA: OBJETlVOS


1. Actualizar los conocimientos teóricos que permitan analizar e interpretar adecuadamente los avances científicos y tecnológicos que hacen al área de la actividad fonoaudiológica.

2. Ampliar conocimientos para el desempeño en el diagnóstico y prevención de las deficiencias de la comunicación en las áreas de voz, audición y lenguaje, teniendo como base la capacitación para evaluar y realizar tratamiento.


SEGUNDA: DESCRIPCIÓN

Para el cumplimiento de los objetivos enunciados en cláusula primera, la Facultad de Ciencias de la Salud instrumentará el dictado del Trayecto de Actualización Disciplinar y la articulación para el cursado de la Licenciatura en Fonoaudiología, conforme a los lineamientos obrantes en las Resoluciones del Consejo Superior Nos. 210/02 Y 236/02


TERCERA: ORGANIZACIÓN La Facultad de Ciencias de la Salud designará a un Coordinador General y a los docentes de ésa Unidad Académica para la organización de las actividades previstas en el presente protocolo, y podrá complementar con algún profesional externo en el caso que resulte necesario.


CUARTA: CLÁUSULA ECONÓMICA

Para el cumplimiento de este Protocolo, los gastos emergentes y de organización serán

cubiertos por el Círculo de Fonoaudiólogos de Salta.


QUINTA: RESPONSABILIDAD

A los efectos precedentemente señalados, serán responsables por la Facultad de Ciencias de la Salud, el Sr. Decano Méd. José Oscar Adamo y por el Círculo, su Presidente, Flga. Maria Cristina Abdenur.






SEXTA: DURACIÓN Y VIGENCIA

a) El protocolo entrará en vigencia desde el momento que haya sido aprobado por los respectivos órganos de gobierno y firmado por las autoridades competentes de las partes intervinientes.

b) La duración del presente protocolo será hasta la terminación del Convenio Marco firmado oportunamente, prevista para el día 15 de Febrero de 2008.


SÉPTIMA: DESTINO DE LOS BIENES

Los bienes aportados por el Círculo, destinados al desarrollo de las actividades administrativas-académicas que se deriven del cumplimiento del presente Protocolo, se incorporarán como bienes patrimoniales de la Facultad de acuerdo a la reglamentación vigente sobre la materia en la Universidad Nacional de Salta, salvo los que expresamente el Círculo, manifieste por medio fehaciente que permanecerán en su patrimonio y que se afectarán a las actividades administrativas académicas, bajo la custodia de la Universidad, debiendo ser restituidos al propietario, luego de finalizado el dictado de los cursos o ante el primer requerimiento de éste.


OCTAVA:

A la firma del presente Protocolo queda sin efecto el suscripto oportunamente el día 15 de Febrero de 2002, proyecto aprobado por Resolución CS-Nº 323/01.


Las partes firman dos ejemplares del mismo tenor en la ciudad de Salta, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil cuatro.


Firmado Firmado

FLGA. MARÍA CRISTINA ABDENUR ING. AGR. STELLA MARIS PÉREZ DE BIANCHI

PRESIDENTE RECTORA

CÍRCULO DE FONOAUDIÓLOGOS DE SALTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA