SALTA, 12 AGO 2004




Expte. Nº 907/98



VISTO estas actuaciones relacionadas con la renovación del Convenio Marco de Cooperación Académica suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la ESCUELA DE LA MAGISTRATURA; y


CONSIDERANDO:


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 72 en su Dictamen Nº 7437, expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE a fs. 75 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 83/04 de fecha 30 de junio de 2004, en el cual aconseja la aprobación de la renovación del citado Convenio.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar la renovación del Convenio Marco de Cooperación Académica suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la ESCUELA DE LA MAGISTRATURA, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Administrativa y de Cooperación Técnica, Facultades, Sedes, Dirección General de Administración y notifíquese a la interesada.. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 900-04







ANEXO I




RENOVACIÓN DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ACADEMICA

ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y LA ESCUELA DE LA

MAGISTRATURA DE SALTA



Entre la ESCUELA DE LA MAGISTRATURA DE SALTA, con domicilio en Balcarce n° 30 de la ciudad de Salta, en adelante la ESCUELA, representada en este acto por la Señora Presidente del Consejo Académico, Dra. María Cristina Garros Martínez y, LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, con domicilio en Avda. Bolivia n° 5150, Salta, Provincia de Salta, (en adelante LA UNIVERSIDAD), representada en este acto por la Señora Rectora Ing. Estela Pérez de Bianchi, por la otra, se acuerda celebrar el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:


PRIMERA: Ambas partes acuerdan en mantener la 'continuidad del Convenio Marco celebrado el 8 de marzo de 2000, aprobado por Acordada n° 8462 de la Corte de Justicia y Resolución del Consejo Superior de la Universidad n° 193/00, en todos sus términos.


SEGUNDA: Este Convenio tendrá una vigencia temporal de 24 (veinticuatro) meses a partir de su firma, pudiendo renovarse de común acuerdo por las partes, por tantos períodos de igual duración como ambas estimen convenientes, suscribiéndose a tal fin los instrumentos correspondientes.


En prueba de conformidad, se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Salta a los cinco días del mes de julio de dos mil cuatro.



Firmado Firmado

ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI DRA. MARÍA CRISTINA GARROS MARTÍNEZ

RECTORA PRESIDENTE DEL CONSEJO ACADÉMICO

ESCUELA D ELA MAGISTRATURA