SALTA, 29 JUN 2004




Expte. Nº 183/00



VISTO estas actuaciones relacionadas con el PROTOCOLO ADICIONAL al Convenio Marco firmado entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y el INSTITUTO SUPERIOR GRAL. JOSÉ DE SAN MARTÍN; y


CONSIDERANDO:


QUE el presente Protocolo tiene como objetivo posibilitar a los Técnicos en Alimentación y Nutrición, egresados del Instituto Superior Gral. José de San Martín, el acceso a estudios universitarios, para obtener el título de Licenciado en Nutrición.


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 307 en su Dictamen Nº 7343, expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE a fs. 310 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 45/04 de fecha 26 de mayo de 2004, en el cual aconseja la aprobación del citado Protocolo.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el PROTOCOLO ADICIONAL al Convenio Marco firmado entre y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y el INSTITUTO SUPERIOR GRAL. JOSÉ DE SAN MARTÍN, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Administrativa y de Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias de la Salud y notifíquese al interesado.. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA VICERRECTOR



RESOLUCIÓN - R - Nº 780-04








ANEXO I


PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO MARCO

ENTRE LA UNVIERSIDAD NACIONAL DE SALTA Y EL INSTITUTO SUPERIOR

GRAL. JOSÉ DE SAN MARTIN



Entre la Universidad Nacional de Salta - Facultad de Ciencias de la Salud, representada en este acto por el Sr. Rector Dr. Omar Viera, con domicilio en Avda. Bolivia N° 5150 - Campo Castañares - de la ciudad de Salta por una parte, y el lnstituto Superior Gral. José de San Martín, representado por su Director Sr. Teodoro Agripino Amici, por la otra, con domicilio en Calle Salta N° 1436 de la ciudad de Rosario de Santa Fe, acuerdan en celebrar el presente Protocolo Adicional en el marco del convenio suscripto entre la Universidad Nacional de Salta y el Instituto Superior Gral San Martín, que se regirá por las siguientes cláusulas:


PRIMERA: OBJETIVO

Posibilitar a los Técnicos en Alimentación y Nutrición egresados del Instituto Superior Gral. José de San Martín, el acceso a estudios universitarios, para obtener el título de Licenciado en Nutrición.


SEGUNDA: DESCRIPCIÓN

La descripción analítica de las acciones a realizar, los cronogramas y responsabilidades respectivas se encuentran detallas en la Resolución de aprobación del Proyecto de Articulación (Resolución CS N° 354/02).


TERCERA: ORGANZACIÓN

La coordinación general estará a cargo del docente que designe el Consejo Directivo de la Facultad. Los docentes responsables serán los Profesores Regulares de la Carrera de Nutrición de la Facultad de Ciencias de la Salud y colaborarán docentes auxiliares previamente seleccionados, residentes en la ciudad de Rosario.


CUARTA: CLÁUSULA ECONÓMICA

Para el cumplimiento de este protocolo, los gastos emergentes y de organización serán cubiertos por el Instituto Superior Gral. San martín.


QUINTA: RESPONSABILIDAD

A los efectos precedentemente señalados, la responsabilidad académica le cabe a la Facultad de Ciencias de la Salud.


SEXTA: DURACIÓN Y VIGENCIA

a) La duración del presente protocolo será de cinco años a partir de la aprobación del Trayecto de Articulación destinado a una promoción, renovable a solicitud expresa de cualquiera de las partes, con una antelación mínima de tres meses a la fecha de caducidad que se proponga.

b) Cumplido los cinco años a partir de la fecha de inicio de la ejecución del proyecto, caducará la responsabilidad de la Universidad sobre los alumnos que se hayan inscripto para el cursado de la Carrera en los términos del presente protocolo.


Las partes firman dos ejemplares del mismo tenor en la ciudad de Salta, a los seis días del mes de abril del año dos mil cuatro.


Firmado Firmado

PROF. TEODORO AGRIPINO AMICI DR. VÍCTOR OMAR VIERA

DIRECTOR RECTOR

INSTITUTO SUPERIOR GRAL. JOSÉ DE SAN MARTÍN UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA