SALTA, 07 MAY 2004




Expte. Nº 552/04



VISTO el Convenio firmado entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA U.N.Sa. (A.P.U.N.Sa.); y


CONSIDERANDO:


QUE por el mismo la Universidad adjudica la explotación del Servicio de Fotocopias en el edificio de Rectorado, la que regirá por las disposiciones contenidas en el Reglamento de Contratación del Estado – Decreto Nº 436/00 – Capítulo IV – Contrataciones del Estado de la Ley de Contabilidad.


Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el Convenio firmado entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA U.N.Sa. (A.P.U.N.Sa.), el que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado.

JG


Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 563-04













ANEXO I


CONVENIO


- - - - Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA (UNSa.) representada en este acto por el Sr. Rector de la misma, Dr. Victor Ornar VIERA por una parte, y la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LA U.N.Sa. (APUNSa.) representada por su Secretario General, Sr. Hector Martín CORREJIDOR por la otra parte, acuerdan en celebrar el presente convenio:

- PRIMERO: La UNSa. adjudica la explotación del servicio del fotocopias en el edificio de Rectorado, Buenos Aires N° 177 a la Asociación Personal Universidad Nacional de Salta (APUNSa.), la que regirá por las disposiciones contenidas Reglamento de Contratación del Estado -Decreto nº 436/00, el Capitulo IV -Contrataciones del Estado de la Ley de Contabilidad y las presentes clausulas.

- SEGUNDO: DISPONER la concesión del servicio por el termino de un año (1) a partir de la fecha del presente y prorrogable por otro periodo.

- TERCERO: La APUNSa. se compromcte a brindar en forma eficiente el servicio en todo el ámbito de Rectorado y publico en general de lunes a viernes y en el horario de: 08 a 13:30 y desde 16:00 a 20:00 horas diariamente, no siendo el tiempo de atención inferior a 9 horas y media.

- CUARTO: La APUNSa. pondrá a disposición para la explotación del Servicio una Maquina Fotocopiadora y la UNSa. cederá en calidad de préstamo otra, Marca TOSHIBA N° de Inventario 451-01651 (Planilla de Cargo 75-48/%) asumiendo la APUNSa. el compromiso de su reparación, puesta en marcha, funcionamiento y mantenimiento.

- QUINTO: En contraprestación la UNSa. abonará mensualmente por uso prioritario del servicio de fotocopias oficiales la suma de $ 0,06 (pesos seis centavos) cada una, habilitado para un mayor control un Registro por Dependencia, foliado y rubricado por la Dirección General de Administración.

- SEXTO: El pago se realizará del día 1º al 5 y del 15 al 20 de cada mes, debiendo la APUNSa. presentar factura debidamente conformada, adjuntado además el detalle correspondiente al efectivo uso del servicio.

- SEPTIMO: En caso de deficiencias en el servicio asumido por la APUNSa., la UNSa. se reserva el derecho a revocar con causa el presente, debiendo comunicar por escrito de tal decisión a la APUNSa habiendo previamente agotado las instancias, hasta tres llamados de atención, para que se restablezca el normal funcionamiento del servicio.

- OCTAVO: La UNSa se reserva el derecho de rescindir el contrato sin causa con notificación escrita de 60 días de anticipación.-

- NOVENO: Establecer como canon mensual de la concesión la suma de $ 50,00 (PESOS CINCUENTA) o el equivalente a fotocopias, pagadero por mes vencido del 1º al 10 de cada mes a la FUSa. Debido al receso de actividades académicas y administrativas durante el mes de Enero, APUNSa quedará eximido de la prestación y del pago del canon de concesión, Para los meses de Febrero y Julio, corre la prestación del Servicio y el pago del 50% de canon mensual.

- DECIMO: La necesidad de incremento en el costo del servicio, mejoras o ampliación del mismo a solicitud de cualquiera de las partes se establecerá comunicando la intención por escrito y será resuelto en el plazo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de efectiva toma de conocimiento.

- DECIMO PRIMERO: Ambas partes se comprometen a procurar la solución de los problemas de interpretación del presente y a todo otro que pudiera surgir en la forma que resulte más conveniente en un marco de armonía y entendimiento mutuo, sometiéndose en caso de situaciones mayores a los Tribunales Federales de la ciudad de Salta, con renuncia expresa de su propio fuero.

---En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los 05 días del mes de Mayo del dos mil cuatro.-


Firmado Firmado

HÉCTOR MARTÍN CORREJIDOR VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO GENERAL RECTOR

A.P.U.Sa.