SALTA, 23 ABR 2004





Expte. Nº 21.004/04



VISTO estas actuaciones relacionadas con el Concurso para la provisión del Cargo de Profesor Regular T.P.4 con 18 U.H. de la asignatura Idioma Nacional y Literatura de 1º año del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”; y


CONSIDERANDO:


QUE a fs. 94 la Prof. Claudia Josefina OLIVER de OLIVA, solicita ampliación de Dictamen del citado concurso.


QUE a fs. 98 obra la ampliación del Dictamen del Jurado que entendió en el Concurso de referenciaen la cual se ratifica en todos sus términos lo actuado en fecha 9 de diciembre de 2003 y, consecuentemente, el orden de mérito establecido oportunamente.


QUE ASESORÍA JURÍDICA a fs. 630, en su Dictamen Nº 7297, considera que no existe vicio de procedimiento alguno, por lo que corresponde rechazar la impugnación presentada por la Sra OLIVER de OLIVA.


QUE SECRETARÍA ACADÉMICA a fs. 102 vta. hace saber que a fs. 100 ya informó que, desde el punto de vista académico, no tiene objeciones que formular a la ampliación de Dictamen de fs. 98 y por lo tanto aconseja no hacer lugar a la impugnación obrante en las presentes actuaciones y proceder de acuerdo a lo indicado por ASESORÍA JURÍDICA, en un todo de acuerdo a lo establecido por el artículo 46 inciso b) d ela resolución CS-Nº 049/89.

Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Rechazar la impugnación presentada por la Prof. Claudia Josefina OLIVER de OLIVA, D.N.I. Nº 16.000.674, al Dictamen producido por el Jurado que entendió en el Llamado a Inscripción de Interesados para cubrir un (1) Cargo de Profesor Regular T.P.4 con 12 U.H. de la asignatura Artes Plásticas de 2º año del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”, en un todo de acuerdo al exordio de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Notifíquese a la interesada que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral los recursos de reconsideración y jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.


ARTICULO 3º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y Académica, Asesoría Jurídica, Instituto, Miembros del Jurado y Prof. Oliver de Oliva. Cumplido siga al INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG


Firmado Firmado

PROF. MARIA TERESA ALVAREZ DE FIGUEROA DR .VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIA ACADEMICA RECTOR


RESOLUCIÓN – R – Nº 479-04