SALTA, 23 DIC 2003



Expte. Nº 910/97


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por la EMPRESA GASNOR S.A.; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicita se gestione ante el CONSEJO SUPERIOR de esta UNIVERSIDAD, excepción a la aplicación del artículo 4º del Anexo I de la resolución CS-N 184/03, para prorrogar las pasantías de las Srtas. Laura Estela SECO, alumna de la FACULTAD DE INGENIERÍA y María Gabriela MÁRQUEZ, alumna de la FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, JURÍDICAS Y SOCIALES, hasta el 30 de junio de 2004.


QUE ambas estudiantes iniciaron su pasantía antes del 27 de julio de 2003, fecha de aprobación de la resolución CS-Nº - 184/03, referida al REGLAMENTO DE PASANTÍAS de esta UNIVERSIDAD.


QUE ambas están desarrollando un plan de actividades cuya programación finaliza en el mes de junio de 2004.


QUE el Decreto Reglamentario 487/2000 de la Ley Nº 25.165, referida a Pasantías, en su artículo 11 establece: “ un mínimo de dos (2) meses y un máximo de cuatro (4) años con una actividad no mayor de cinco (5) días, en cuyo transcurso el pasante cumplirá jornadas de hasta seis (6) horas de labor”.


Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO y a lo solicitado por la SECRETARÍA DEL CONSEJO SUPERIOR,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Ad- Referéndum del CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Exceptuar del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4º del Anexo I de la resolución CS-Nº 184/03, que aprueba el REGLAMENTO DE PASANTÍAS de esta UNIVERSIDAD y en consecuencia, otorgar la prórroga solicitada por la EMPRESA GASNOR S.A., hasta el 30 de junio de 2003, a favor de las siguientes estudiantes, previa verificación de lo dispuesto en el artículo 5º “que hayan aprobado al menos dos (2) asignaturas en los doce (12) meses previos a la renovación del Acta Acuerdo de Pasantías”:


Laura Estela SECO – DNI Nº 23.548.120, alumna de la FACULTAD DE INGENIERÍA.


María Gabriela MÁRQUEZ – DNI Nº 26.308.493 alumna de la FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, JURÍDICAS Y SOCIALES.


ARTICULO 2º.-Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Facultades de Ingeniería y de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales y notifíquese a las interesadas. Cumplido siga a la SECRETARÍA DEL CONSEJO SUPERIOR, para su convalidación. Oportunamente archívese.

JG


Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 809-03