SALTA, 12 DIC 2003



Expte. Nº 21.045/03


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por los Miembros del Jurado que entendió en la sustanciación del concurso público para cubrir los cargos de Profesor T.P.3 – 18 U.H. – Asignatura: Física - Curso 4º Año y Profesor T.P.4 – 12 U.H. – Asignatura: Física - Curso 5º Año del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicitan una prórroga para la presentación de las Actas de Dictámenes correspondientes a los cargos mencionados, en razón de que recién el día 4 de diciembre en curso, pudieron constituirse realmente para la deliberación, debido a que el Prof. SÁNGARI, uno de los integrantes del Jurado, se ausentó de la ciudad de Salta para tomar exámenes en la SEDE REGIONAL DE TARTAGAL.


QUE el artículo 43 de la resolución CS-Nº 049/89 y sus modificatorias, dispone que el Jurado deberá expedirse dentro del lapso de tres (3) días hábiles, contados a partir de la fecha en que hayan completado las pruebas de oposición.


Por ello y atento a lo solicitado por el INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Exceptuar de lo dispuesto por el artículo 43 de la resolución CS-Nº 049/89 y sus modificatorias y en consecuencia tener por prorrogada hasta el 5 de diciembre de 2003, la presentación de las Actas de Dictámenes correspondientes al Jurado que entendió en el concurso público para cubrir los cargos de Profesor T.P.3 – 18 U.H. – Asignatura: Física - Curso 4º Año y Profesor T.P.4 – 12 U.H. – Asignatura: Física - Curso 5º Año.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Académica, Instituto de Educación Media y notifíquese a los interesados. Cumplido siga al INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG


Firmado Firmado

PROF. MARIA TERESA ALVAREZ DE FIGUEROA DR .VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIA ACADEMICA RECTOR


RESOLUCIÓN – R – Nº 759-03