SALTA, 12 NOV de 2003




Expte. Nº 18.038/94


VISTO estas actuaciones y la resolución CS-Nº 203/03 de fecha 14 de agosto de 2003; y



CONSIDERANDO:


QUE por la citada resolución se promueve a las agentes Adelina Inés GUZMÁN y María Angélica CABANILLAS de VIDELA, a la categoría 6, a partir del 1º de agosto de 2003.


QUE a fs. 87 ambas agentes solicitan se autorice la liquidación y pago de la diferencia de haberes entre la categoría 5 y la 6, por los períodos que a su criterio, se les adeuda, atento a los distintos informes de la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, que indicaban: “...las agentes vienen desempeñando ininterrumpidamente las funciones desde 1993 y en las que continúan a la fecha”

QUE a fs. 89 la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, informa que el pedido es procedente, ya que en los períodos que detallan las agentes ejercieron normalmente las funciones de Mayordomo – categoría 6, según surge de las presentes actuaciones.


Por ello y atento a lo solicitado por SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Reconocer de legítimo abono a favor de la Sra. Adelina Inés GUZMÁN y de la Sra. María Angélica CABANILLAS de VIDELA, la diferencia de haberes existente entre la categoría 5 y la categoría 6, en los períodos que en cada caso se detalla a continuación:


PERÍODOS

ADEUDADOS


Adelina Inés GUZMÁN


María Angélica CABANILLAS de VIDELA


Febrero a julio 2000


$ 170,46


$ 152,64

Enero a junio y

SAC. 1er. Semestre 2001


$ 173,72


$ 166,79

Enero a diciembre

y SAC 2002


$ 339,30


$ 336,44

Enero a Julio

y SAC 1er. Semestre 2003


$ 197,40


$ 195,75

TOTAL

$ 880,88

$ 851,62



ARTICULO 2º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de la Sra. Adelina Inés GUZMÁN, de la suma de OCHOCIENTOS OCHENTA PESOS CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 880,88), correspondiente a la diferencia de haberes existente entre la categoría 5 y la categoría 6.


ARTICULO 3º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de la Sra. María Angélica CABANILLAS de VIDELA, de la suma de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 851,62), correspondiente a la diferencia de haberes existente entre la categoría 5 y la categoría 6.


ARTICULO 4º.- Imputar los gastos dispuestos en los artículos 2º y 3º de la presente resolución, en las respectivas partidas del presupuesto de esta UNIVERSIDAD.


ARTICULO 5º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Direcciones Generales de Personal, Obras y Servicios y de Administración, Dirección de Presupuesto, Asesoría Jurídica y notifíquese a las interesadas. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 643-03