SALTA, 27 OCT 2003




Expte. Nº 246/99 y 18.049/00



VISTO estos expedientes relacionados a la autorización otorgada por la Universidad para la instalación de un kiosco denominado “Don Bosco” en la vereda perimetral del predio universitario; y


CONSIDERANDO:


QUE mediante resolución rectoral Nº 411-01 la UNIVERSIDAD en calidad de frentista, ratificó la autorización provisoria otorgada desde el año 1999, a favor de los propietarios del Kiosco “Don Bosco: Diego Benito, Héctor Santiago, Cristian Andrés y Roxana del Milagro SANCHEZ RIOJA , alumnos de esta Casa de Estudios, atendiendo a la difícil situación económica del grupo familiar.


QUE la autorización otorgada ha posibilitado que la familia SANCHEZ RIOJA, cuente con ingresos para cubrir sus necesidades mínimas, permitiendo la permanencia de sus integrantes en la UNIVERSIDAD.


QUE el alumno Héctor Santiago SANCHEZ RIOJA, resultó beneficiado con una beca de TRESCIENTOS PESOS ($ 300,00) mensuales, otorgada por el Programa Nacional de Becas Universitarias durante los años 1998 y 1999 y habiéndose presentado en la convocatoria realizada por la FUNDACIÓN YPF recibió una beca de QUINIENTOS PESOS ($ 500,00) mensuales, durante los años 1999, 2000, 2001 y 2002; lo que significó una importante ayuda para toda la familia.


QUE concesionarios de los servicios que se encuentran en el predio universitario presentan formales reclamos sobre la competencia desleal que genera la instalación de kioscos en la vereda perimetral, dado que los mismos no cumplen con la normativa vigente en la UNIVERSIDAD para la prestación de servicios que expenden alimentos.

Por ello y en el uso de las atribuciones que le son propias,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- Dejar sin efecto la autorización provisoria otorgada a favor de los propietarios del Kiosco “Don Bosco”, ubicado en la vereda perimetral de la Universidad sobre Avenida Fuerza Aérea Argentina del Barrio Ciudad del Milagro, mediante resolución rectoral Nº 411-01.-


ARTICULO 2º.- Notificar a los propietarios fehacientemente y remitir copia a la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA.


ARTICULO 3º .- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Direcciones Generales de Administración y de Obras y Servicios, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoria Interna y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENRAL DE OBRAS Y SERVICIOS. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

PROF. MARIA TERESA ALVAREZ DE FIGUEROA DR .VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIA ACADEMICA RECTOR


RESOLUCIÓN – R – Nº 599-03