SALTA, 10 de setiembre de 2003




Expte. Nº 10.250/02



VISTO estas actuaciones relacionadas con el PROTOCOLO DE TRABAJO Nº 1 suscrito entre la VTA BRIGADA MECANIZADA “GENERAL MANUEL BELGRANO” y la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en el marco del Convenio firmado oportunamente; y


CONSIDERANDO:


QUE el presente Protocolo tiene por finalidad la concreción de prácticas agrícolas en un sector del Campo General Belgrano.


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 26 en su Dictamen Nº 6760, expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE a fs. 37 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 46/03 de fecha 30 de julio de 2003, en el cual aconseja la aprobación del citado Convenio.


QUE corresponde dejar aclarado que la cláusula novena del citado Protocolo, es en realidad la cláusula octava.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA a fs. 25 y 28, respectivamente y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el PROTOCOLO DE TRABAJO Nº 1 suscrito entre la VTA BRIGADA MECANIZADA “GENERAL MANUEL BELGRANO” y la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en el marco del Convenio firmado oportunamente, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Dejar aclarado que la cláusula novena del Protocolo de Trabajo Nº 1, es en realidad la cláusula octava.


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comunicar a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Administrativa y de Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias Naturales, Dirección General de Administración, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoría Interna y Vta Brigada Mecanizada. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 407-03


PROTOCOLO DE TRABAJO N°1



Entre el Comando de la Vta Brigada Mecanizada "Gral. Manuel BELGRANO", representado en este acto por el Comandante de la Vta Brigada Mecanizada General de Brigada D. ALEJANDRO JOSÉ BEVERINA, LE Nro. 7.987.093, fijando domicilio en Avda. Belgrano 450 de esta Ciudad, por una parte y en adelante EL COMANDO y por la otra la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, representada en este acto por la Decana, Ingeniera STELLA MARIS PEREZ de BIANCHI, DNI Nro. 5.242.325, fijando domicilio en calle Buenos Aires Nro. 177 también de esta Ciudad, y en adelante LA FACULTAD, acuerdan celebrar el presente protocolo en el marco del Convenio "COMANDO – UNAS", que tiene por finalidad la concreción de prácticas agrícolas en un sector del Campo General Manuel Belgrano, y que se regirá por las siguientes cláusulas:


PRIMERO: EL COMANDO se compromete a cooperar con las siguientes acciones:


a. Coordinar con quién LA FACULTAD designe la elección de un sector de tierras de 3 hectáreas aproximadamente donde se comenzarán diversos cultivos de estación.  --------


b. Planificar con los actuales usuarios y con LA FACULTAD acuerdos para el uso del agua que se destinará al riego de los cultivos que se establezcan y asegurar el cumplimiento de estos acuerdos, sin que ello signifique detrimento al régimen actual de riego de la propiedad. ----------------------------------------------------------------------------------------


SEGUNDO: LA FACULTAD se compromete a cooperar a través de las siguientes acciones:


a. Establecer en un sector de la superficie asignada cultivos hortícolas de estación, (cebolla, zanahoria, ajo, acelga, lechuga, arvejas, habas y chauchas, entre otros).---------


b. Establecer en otro sector de la superficie asignada una pastura de alfalfa, la que tendrá el doble objetivo de actuar como cultivo de cobertura y fuente forrajera, la misma será destinada a la confección de reservas, ya que no se prevé el ingreso de animales para su consumo directo.


c. LA FACULTAD, dispondrá de sus maquinarias para llevar a cabo estas tareas, así como también proveerá los insumos y la mano de obra necesaria.-------------------------------


TERCERO: Las presentes actividades tienen como objetivo en primer término: la capacitación práctica del alumno, y en segundo término: la producción de alimentos para satisfacer aunque sea en parte, los requerimientos de autoconsumo tanto de la comunidad Universitaria como del Comando.----------------------------------------------------------


CUARTO: Una parte de la producción deberá ser comercializada de manera de obtener el capital que permita la continuidad de estas actividades productivas, buscando de esta manera la autosuficiencia del sistema. El resto de la producción será dividido en dos partes: ½ para LA FACULTAD y ½ para EL COMANDO.--------------------------------------------


QUINTO: La FACULTAD nombrará un docente como coordinador general el que coordinará sodas las actividades ya sea entre el personal y los alumnos de la propia Universidad como con el personal del Comando.                               -----------------------


SEXTO: EL COMANDO y LA FACULTAD se comprometen a resolver entre ellos, en las instancias jerárquicas que correspondan y de modo amistoso, las dificultades y falta de entendimiento que pudieran originarse en el desarrollo de las acciones acordadas.


SÉPTIMO: El presente protocolo tendrá vigencia por DOCE (12) meses a partir del primero de marzo del año Dos Mil Tres, podrá ser prorrogado por igual periodo, mediante aviso previo de TREINTA (30) días hábiles antes de su vencimiento por cualquiera de las partes. Asimismo, EL COMANDO se reserva el derecho de rescindirlo sin expresión de causa, con el requisito del preaviso, teniendo SESENTA (60) días hábiles LA FACULTAD para desocupar el predio asignado.


NOVENO: En la medida de que otras actividades conjuntas sean identificadas y acordadas por las partes, será objeto de nuevos protocolos.---------------------------------------


En prueba de conformidad, se firma DOS (2) ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto en Salta, a los Cinco días del mes de Marzo del año Dos Mil Tres.



Firmado Firmado

ING. AGR. STELLA MARIS PÉREZ DE BIANCHI GENERAL DE BRIGADA ALEJANDRO JOSÉ BEVERINA

DECANA COMANDANTE VTA BRIGADA MECANIZADA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES