SALTA, 4 de julio de 2003




Expte. Nº 17.508/00



VISTO estas actuaciones y la entrega de fondos efectuada al Sr. Oscar Darío BARRIOS, por la suma de TRESCIENTOS SEIS PESOS ($ 306,00); y


CONSIDERANDO:


QUE dicho importe fue entregado con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas y destinado a ayuda económica y viáticos para el chofer, con motivo de la realización del XI Congreso Ordinario de Renovación de Autoridades de la FUSa., llevado a cabo los días 24 y 25 de febrero del año 2000.


QUE TESORERÍA GENERAL a fs. 8 solicita el reintegro de la suma mencionada, a la cuenta FONDO PERMANENTE de RECTORADO.


QUE el Sr. BARRIOS procedió a devolver la suma de TRES PESOS CON SETENTA CENTAVOS ($ 3,70)


QUE la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD realizó la afectación en las respectivas partidas presupuestarias.


Por ello y atento a lo aconsejado por la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Tener por aprobados los gastos efectuados por el Sr. Oscar Darío BARRIOS, por la suma de TRESCIENTOS DOS PESOS CON TREINTA CENTAVOS ($ 302,30), destinada a ayuda económica y viáticos para el chofer, con motivo de la realización del XI Congreso Ordinario de Renovación de Autoridades de la FUSa., llevado a cabo los días 24 y 25 de febrero del año 2000.


ARTICULO 2º.- Tener por imputadas la sumas de CIENTO SETENTA Y SEIS PESOS CON TREINTA CENTAVOS ($ 176,30), y de CIENTO VEINTISEIS PESOS ($ 126,00) en las correspondientes partidas presupuestarias por los Ejercicios 2000 y 2003, respectivamente.


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración, Dirección de Contabilidad, Tesorería General y Sr. Barrios. Cumplido siga a la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



    1. RESOLUCIÓN – R – Nº 289-03