SALTA, 2 de abril de 2003




Expte. Nº 645/02



VISTO el RECURSO DE RECONSIDERACION y su ampliación interpuesto por la Srta. Miriam del Huerto ARREDES, de fs. 23/43 y 47 vta., en contra de la resolución Nº 01-02 de la Directora de Coordinación Administrativa de Rectorado; y


CONSIDERANDO:


QUE por la citada resolución se aplica a la Srta. ARREDES un llamado de atención por transgredir el inciso a) del artículo 27 del RÉGIMEN JURÍDICO BÁSICO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.


QUE ASESORIA JURIDICA en su dictamen Nº 6727 expone lo que textualmente se transcribe a continuación:

“La agente Miriam Arredes interpone Recurso de Reconsideración en contra de la Res. Nº 01-02 (fs. 23/43), el que fue interpuesto en legal tiempo y forma, procediendo a su consideración y resolución.-

Entiendo que no se incorporan nuevos elementos de prueba que hagan variar la opinión emitida en informe final (fs.13/14), toda vez que la situación d enfermedad padecida por su hermana fue considerada por la instrucción.-

Por lo expuesto, aconsejo no hacer lugar al recurso interpuesto, debiendo en consecuencia ratificar la sanción disciplinaria de un llamado de atención.- “


QUE la a fs. 52, ASESORÍA JURÍDICA en su Dictamen Nº 6752 informa que no se incorporan nuevos elementos de prueba que hagan variar la opinión emitida en informe final rolante a fs 13/14.

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- No hacer lugar al RECURSO DE RECONSIDERACIÓN interpuesto por la Srta. Miriam del Huerto ARREDES, agente del Departamento de Mesa de Entradas, Categoría 7, en contra de la resolución Nº 01-02, de la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de RECTORADO.


ARTICULO 2º.- Notifíquese a la interesada que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral el recurso jerárquico en el plazo de quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretaría del Consejo Superior, Administrativa, Dirección General de Personal, Asesoría Jurídica y Srta. Arredes. Cumplido siga a RECTORADO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 082-03