SALTA, 7 de marzo de 2003





Expte. N° 1.173/02




VISTO este Expte. mediante el cual la COMISIÓN DE PARITARIAS, analiza la situación de la planta del PERSONAL DE APOYO UNIVERSITARIO y acuerda que se proceda a la cobertura de cargos vacantes en las distintas dependencias; y


CONSIDERANDO:


QUE en el DEPARTAMENTO DE SANIDAD dependiente de la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, existe una vacante Categoría 8 del Agrupamiento Profesional, cubierta a la fecha por personal de planta permanente que percibe una asignación por subrrogancia.


QUE es necesaria la cobertura de dicho cargo por la vía de concurso.


QUE la resolución N° 687/88 y sus modificatorias; establece las pautas generales de los procedimientos para selección de personal para la cobertura de vacantes por designación o promoción

QUE el llamado a concurso, fue aprobado por la COMISIÓN DE PARITARIAS de esta UNIVERSIDAD, refrendado mediante Acta Acuerdo obrante a fs. 1;


Por ello y en el uso de las atribuciones que le son propias,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA:

R E S U E L V E:


ARTICULO 1°.  Convocar a CONCURSO INTERNO de antecedentes y oposición, para cubrir el cargo de AUDITOR MEDICO del DEPARTAMENTO DE SANIDAD, Categoría 8 del Agrupamiento Profesional, el que se regirá por las normas dispuestas por la resolución Nº 687/88 y modificatorias.


ARTICULO 2°.  Establecer las siguientes Condiciones Generales y Particulares, remuneración mensual y horario de trabajo:




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Expte. N° 1.173/02



CONDICIONES PARA EL CARGO:





ARTICULO 3°.   Fijar las siguientes Funciones del cargo, que a continuación se detallan:


FUNCIONES GENERALES:



ARTICULO 4°.  Integrar el JURADO que entenderá en el llamado a Concurso en cuestión, de la siguiente manera:

TITULARES



SUPLENTES



ARTICULO 5°.  Solicitar a la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA (A.P.U.N.Sa.), la designación de veedores gremiales para el presente concurso.


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Expte. N° 1.173/02



ARTICULO 6°.  Dejar establecido el siguiente CALENDARIO para el Concurso Interno:





ARTICULO 7°.  Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías, Instituto de Educación Media “ Dr. Arturo Oñativia”, Consejo de Investigación, Asesoría Jurídica, Direcciones Generales de Administración, de Personal y de Obras y Servicios, Dirección de Publicaciones e Impresiones, Unidad de Auditoría Interna y Miembros del Jurado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 041-03