SALTA, 17 de febrero de 2003




Expte. N° 20.181/02


VISTO estas actuaciones y la resolución rectoral N° 578-02 de fecha 6 de diciembre de 2002; y


CONSIDERANDO:


QUE por el artículo 1° de dicha resolución se prorrogó por el plazo de sesenta (60) días corridos, sin concurrencia a su lugar de trabajo y con descuento de haberes la suspensión preventiva a la Srta. Elena Abigail MARTÍNEZ agente categoría 5 del Agrupamiento Técnico de la SEDE REGIONAL TARTAGAL, dispuesta por resolución rectoral N° 537/02.


QUE ASESORIA JURIDICA emite Dictamen N° 6701, el cual se transcribe textualmente:


“La prórroga de la suspensión preventiva a la Srta. Elena Abigail Martínez por el término de 60 días corridos, dispuesta por Resolución Rectoral N° 578/02 (del 6/12/02), ha vencido el 8 de febrero del presente año, por lo que la agente mencionada debe reincorporarse a sus funciones a partir del día 9 de febrero, sin perjuicio de que la misma comience a usufructuar de su licencia anual reglamentaria.

Teniendo en cuenta que mediante Resolución Rectoral N° 537/02 y 578/02 se dispuso la suspensión preventiva de la Srta. Elena Abigail Martínez, sin goce de haberes, corresponde emitir resolución reincorporando a la Srta. Martínez a sus funciones y ordenando la liquidación de haberes desde el día de su reincorporación, esto es el día 9/2/03.”


Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1°.- Reincorporar a la Srta. Elena Abigail MARTÍNEZ, agente categoría 5 del Agrupamiento Técnico de la SEDE REGIONAL TARTAGAL, con efecto al día 9 de febrero de 2003, por los motivos expuestos en el exordio de la presente resolución.


ARTICULO 2°.- Disponer que por la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL se proceda a liquidar a la Srta. Elena Abigail MARTÍNEZ, los haberes correspondientes, con efecto al día 9 de febrero de 2003.


ARTÍCULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarias del Consejo Superior y Administrativa, Sede Regional Tartagal, Asesoría Jurídica, Dirección de Personal y Srta. Martínez. Cumplido siga a ASESORÍA JURÍDICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 004-03