SALTA, 20 de noviembre de 2002





Expte. Nº 1.257/02



VISTO este expediente y la presentación efectuada por la Srta. Lorena Jessica SCHWERIN, alumna regular de Quinto Año, Segunda División del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “ DR. ARTURO OÑATIVIA” de esta UNIVERSIDAD y su madre y tutora, Sra. Rosario del Carmen FARFÁN; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicitan que se contemple la posibilidad de presentar exámenes de las materias de Sexto Año, como alumna libre, en razón de que existe la posibilidad de que la citada alumna continúe sus estudios en la República Federal de Alemania.


QUE vistas las presentes actuaciones por SECRETARÍA ACADÉMICA, aconseja que, dado lo particular del pedido y en atención a su razonabilidad, dar el carácter de excepción y solicitar a las autoridades del citado INSTITUTO que propongan una alternativa al trabajo de talleres y asignaturas de Orientación que son presenciales y tienen característica de trabajo de grupo, que asegure el cierre de dichos trabajos, y avanzar en el estudio de una reglamentación a futuro, con el fin de equiparar con justicia la situación de quienes asisten a los Institutos de Educación Media con la de otros jóvenes que concurren a establecimientos provinciales.

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Autorizar con carácter de excepción, a la Srta. Lorena Jessica SCHWERIN, D.N.I. Nº 32.365.456, alumna regular de Quinto Año, Segunda División del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “ DR. ARTURO OÑATIVIA” de esta UNIVERSIDAD, a rendir como Alumna Libre, el Sexto Año en el citado Instituto.


ARTICULO 2º.- Solicitar a las autoridades del citado INSTITUTO que propongan una alternativa al trabajo de talleres y asignaturas de Orientación que son presenciales y tienen característica de trabajo de grupo, que asegure el cierre de dichos trabajos y avanzar en el estudio de una reglamentación a futuro, con el fin de equiparar con justicia la situación de quienes asisten a los Institutos de Educación Media con la de otros jóvenes que concurren a establecimientos provinciales


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Instituto de Educación Media, Srta. Schwerin y Sra. Farfán. Cumplido siga a SECRETARÍA ACADÉMICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

PROF. MARIA TERESA ALVAREZ DE FIGUEROA DR .VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIA ACADEMICA RECTOR


RESOLUCIÓN – R – Nº 556-02