SALTA, 19 de noviembre de 2002




Expte. N° 1.416/01



VISTO estas actuaciones y la resolución rectoral Nº 621-01 de fecha 17 de diciembre de 2001; y


CONSIDERANDO:


QUE por la mencionada resolución se exceptúa a la Srta. María Angélica GARNICA, Legajo Nº 2359, Jefe de Evaluación y Control Presupuestario de la DIRECCIÓN DE PRESUPÙESTO, de la aplicación del artículo 9 inciso c) del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias, aprobado por el Decreto Nº 3413/79 y sus modificatorios.


QUE a fs. 18, la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL advierte, entre otras cosas, que la resolución rectoral Nº 621-01 deja un precedente, nunca registrado en esta UNIVERSIDAD, que dará lugar a presentaciones del personal reclamando idéntico tratamiento.


QUE dada las implicancias de las tareas, las que afectan fundamentalmente los períodos de fin de cada año y los primeros del año siguiente, a lo que se agrega la falta de auxiliares dentro del área, llevan necesariamente a tener presente situaciones como las que se trata de resolver y asimismo por las características de las tareas, amerita recurrir a la excepcionalidad a los fines de no afectar derechos legítimos de los agentes y evitar problemas de inequidad en el usufructo del beneficio instituido por la normativa de fondo.


QUE atento a las razones expuestas es necesario insistir en el cumplimiento de la citada resolución.


QUE la presente medida es de carácter excepcional y bajo ninguna consideración puede sentar un precedente para casos iguales o análogos, sin que ello importe como primera medida encuadrarse en la normativa vigente.


Por ello y atento a lo aconsejado por SECRETARIA ADMINISTRATIVA,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E


ARTICULO 1°.- Insistir en el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1º de la resolución rectoral N° 621 01, en el sentido de exceptuar por única vez a la Srta. María Angélica GARNICA, Legajo Nº 2359, Jefe de Evaluación y Control Presupuestario de la DIRECCIÓN DE PRESUPÙESTO, de la aplicación del artículo 9 inciso c) del Régimen de

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Expte. N° 1.416/01



Licencias, Justificaciones y Franquicias, aprobado por el Decreto Nº 3413/79 y sus modificatorios.


ARTICULO 2°.- Sustituir el artículo 2º de la resolución rectoral Nº 621-01, por el que se consigna a continuación:

“ARTICULO 2º.- Autorizar la transferencia de la Licencia Anual Ordinaria devengada en los años 1999 y 2000, por un total de setenta (70) días y aún no utilizada por la Srta. María Angélica GARNICA, al período comprendido entre el 1 de diciembre de 2002 y el 30 de noviembre de 2003.”


ARTICULO 3°.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarias de Consejo Superior, Administrativa, Direcciones Generales de Administración y de Personal, Dirección de Presupuesto y Srta. Garnica. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 555-02