SALTA, 7 de octubre de 2002




Expte. Nº SO-19.189/01



VISTO estas actuaciones y la resolución Nº SO-107-02 de fecha 10 de setiembre de 2002, de la SEDE REGIONAL DE ORÁN dictada ad-referéndum del Sr. Rector; y


CONSIDERANDO:


QUE por la citada resolución se modifica a partir del 1º de abril de 2002, el artículo 1º de la resolución Nº SO-047/02, respecto a la Adjudicación de la Licitación Privada Nº 01/01 del Servicio de Fotocopiadora de la citada SEDE.


QUE en el artículo 1º, ya modificado, se consignó erroneamente la resolución Nº SO-011/01, cuando en realidad corresponde el Nº SO-111/01, razón por la cual se debe convalidar el acto administrativo con la correspondiente rectificación.


Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Convalidar la resolución Nº SO-107-02 de fecha 10 de setiembre de 2002, de la SEDE REGIONAL DE ORÁN, la que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución, dejando aclarado que en el artículo 1º ya modificado, en donde dice “resolución Nº SO-011/01” debe leerse “resolución Nº SO-111/01”.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Sede Regional de Orán, Dirección General de Administración, Unidad de Auditoría Interna y Firma Ramón TORRES. Cumplido siga a la citada SEDE, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 464-02

ANEXO I



RESOLUCION Nº 107-02



San Ramón de la Nueva Orán 10 SEP 2002



Expediente N° SO 19189/01



VISTO:


La resolución N° 047/02 de la Sede Regional Orán de la Universidad Nacional de Salta y estas actuaciones con relación a la Licitación Privada N° 01/01, Servicio de Fotocopiadora de la Sede,


CONSIDERANDO:


Que, en la Resolución mencionada precedentemente se agrega los items relacionado al Canon Base y las Prestaciones Complementarias referidas en la Resolución N° SO 111/01.


Que, asimismo se debe modificar la resolución Nº 047/02 en lo referido a la cantidad de fotocopias que la empresa entrega sin cargos a la Sede Orán, como al Centro Único de Estudiantes.


Que, debido a la situación económica imperante y los costos delos distintos insumos, llevó a que el importe de cada una de las fotocopias varíe desde el momento de la licitación a la fecha.


Que, la Comisión de Decanos facultó a cada uno de los Consejos Asesores la fijación del precio de las fotocopias.


Que, el Consejo Asesor de la Sede Regional Orán aprobó el aumento del precio de las fotocopias fijándolo en $ 0,08 manteniéndose invariable los montos totales que figuran en la propuesta de fs. 23, modificándose el número de fotocopias correspondientes a las prestaciones sin cargo, quedando en 750 copias mensuales para la Sede Regional Orán y 2.375 copias para el Centro Único de Estudiantes, excluidos en ambos casos los meses de enero 2002 y enero 2003.


Que, se debe elaborar el instrumento legal que avale estas modificaciones y de esta manera clarificar la situación de la prestación; y



POR ELLO:


LA DIRECTORA DE LA SEDE REGIONAL ORAN

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E

( Ad Referéndum del Sr. Rector )


ARTICULO 1°: Modificar a partir del 01 de abril de 2.002, el Artículo 1° de la Resolución N° 047/02 de la Sede Regional Orán de la Universidad nacional de Salta, respecto a la Adjudicación de la Licitación Privada N° 01/01 del Servicio de Fotocopiadora de la Sede Orán, quedando de la siguiente manera:


“ARTICULO 1°: Agregar a lo dispuesto en la Resolución N' SO 011/01, referida a la Adjudicación de la Licitación Privada N° 01/01 del Servicio de Fotocopiadora de la Sede Regional Orán de la Universidad Nacional de Salta, el Canon Base de la misma será de $ 160,00 ( Pesos Ciento Sesenta ) mensuales durante el período académico, excluidos los meses de enero 2002 y enero 2003; asimismo indicar que las Prestaciones Complementarias sin Cargo será de 750 copias para la Sede Regional Orán y de 2.375 copias para el Centro Unico de Estudiantes, durante el período académico, excluidos los meses de enero 2002 y enero 2003, respectivamente; fijándose el precio unitario de cada fotocopia en $ 0.08 manteniéndose invariables los montos totales que figuran en la propuesta”.


ARTICULO 2°: Eleva la presente resolución al Sr. Rector para su correspondiente convalidación y cursar copia a Secretaria Administrativa, Dirección General de Administración, Unidad de Auditoria Interna, Dirección Administrativa Económica, Consejo Asesor y Empresa Ramón Torres para su conocimiento y efectos.


Hc


Firmado Firmado

Lic. Susana M. de Savoy Ing. Mercedes Rosset de Encalada

Secretaria Directora