SALTA, 16 de setiembre de 2002



Expte. Nº 797/02



VISTO estas actuaciones y el Acta Complementaria Nº 1 al CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN firmado entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SARMIENTO y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE la misma tiene por objeto establecer actividades que en forma conjunta realizarán ambas partes, por intermedio de profesionales del área de economía con el fin de potenciar las investigaciones relacionadas con estos temas.


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 9, informa que no tiene objeción legal que formular.


QUE a fs. 14 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO, emite Despacho Nº 67 de fecha 4 de setiembre de 2002, mediante el cual aconseja su aprobación.


Por ello y atento a lo dispuesto en la resolución CS-Nº 084/02,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar y poner en vigencia con efecto al 13 de agosto de 2002 el ACTA COMPLEMENTARIA Nº 1 al CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN firmado entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SARMIENTO y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comunicar a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales, Dirección General de Administración y Universidad Nacional de Gral. Sarmiento. Cumplido siga a RECTORADO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG

Firmado Firmado

ING. DIEGO SARAVIA ALIA DR. VICTOR OMAR VIERA SECRETARIO DE COOP. TÉCNICA RECTOR


RESOLUCIÓN – R – Nº 402-02

ANEXO I



ACTA COMPLEMENTARIA N° 1 AL CONVENIO MARCO DE

COLABORACION

ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL

SARMIENTO

Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA


Entre la Universidad Nacional de Salta, representada en este acto por su Rector, Dr. Víctor Omar VIERA, con domicilio en Buenos Aires N° 177 de la ciudad de Salta y la Universidad Nacional de General Sarmiento, representada por su Rector Prof. José Luis Coraggio, con domicilio legal en Julio Argentino Roca N° 850 San Miguel, Provincia de Buenos Aires, acuerdan celebrar la presente Acta complementaria nº 1 al Convenio Marco de Colaboración, Asistencia Técnica y Complementación, el que se regirá por las siguientes cláusulas:


Primera: La presente Acta Complementaria tiene por objeto establecer las actividades que en forma conjunta realizarán ambas partes, por intermedio de profesionales del Área de Economía del Instituto de Ciencias (ICI) de la Universidad Nacional de General Sarmiento y del Instituto de Investigaciones Económicas de la Facultad Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de Salta, con el fin de potenciar las investigaciones relacionadas con estos temas que se vienen dando en ambos centros de investigación universitaria.


Segunda: Al efecto las partes se comprometen, en relación al análisis empírico de ciertos fenómenos del mercado laboral argentino, a realizar estudios conjuntos sobre los siguientes temas: a) Discriminación en el mercado de trabajo, b) Análisis de la movilidad en los mercados laborales.


Tercera: Asimismo se comprometen a preparar documentos respecto del tema a) sobre: "Diferencias de remuneraciones entre géneros en el GBA, 1974 2000" que deberá estar finalizado en junio 2002 y "Discriminación por género en la Argentina. 1974 2000" a finalizar en diciembre de 2002. Respecto del tema b) el documento tratará sobre "Análisis de los movimientos en mercados de trabajo urbano regionales" a finalizar en diciembre 2002.


En prueba de conformidad se suscriben tres (3) ejemplares de igual tenor y aun sólo efecto a los trece días del mes de agosto del año dos mil dos.­



Firmado Firmado

José Luis CORAGGIO Dr. Víctor Omar VIERA