SALTA, 24 de mayo de 2002




Expte. N° 18.027/02



VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por el Sr. Héctor R. CRISTÓFARI, Director de Servicios Generales de la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS de esta UNIVERSIDAD; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma informa sobre el robo de una máquina de cortar césped, marca Óleo Max, naftera, color naranja, propiedad de esta UNIVERSIDAD, de acuerdo a lo manifestado por el Sr. Julio Dante ALGAÑARAZ, quien realizó la correspondiente denuncia ante la Policía 6ta. del Barrio Ciudad del Milagro,


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 7 emite Dictamen N° 6349, en el cual aconseja se dicte resolución administrativa en la que se disponga la instrucción de un sumario administrativo a fin de esclarecer la verdad de los hechos y deslindar responsabilidades administrativas.


Por ello y de acuerdo a lo aconsejado por SECRETARIA AMINISTRATIVA,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1°.  Ordenar la instrucción de un Sumario Administrativo, a cargo de la Directora de Sumarios de ASESORIA JURIDICA, Dra. Raquel Mercedes DE LA CUESTA, con el objeto de deslindar las responsabilidades señaladas en los considerandos de la presente resolución.


ARTICULO 2°.  Notifíquese al interesado que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Decreto Reglamentario N° 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral los recursos de reconsideración y jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.


ARTICULO 3°.  Dejar establecido que la instrucción del sumario se sustanciará en un plazo de noventa (90) días contados desde la fecha de notificación de la designación del Instructor y a la resolución de clausura a que se refiere el articulo 107, en virtud a lo dispuesto por el Decreto N° 467 REGIMEN JURIDICO BASICO DE LA FUNCION PUBLICA   REGLAMENTO DE INVESTIGACIONES, en el artículo 127 de las Disposiciones Generales.


ARTICULO 4°.  Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarias del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Obras y Servicios, Asesoría Jurídica, Sr. Cristófari y Sr. Algañaraz. Cumplido siga a ASESORIA JURIDICA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 188-02