SALTA, 22 de marzo de 2002




Expte. Nº 907/98




VISTO este expediente y el Protocolo de Prestación de Servicios Académicos suscrito entre la ESCUELA DE LA MAGISTRATURA DE SALTA y la UNIVERSIDAD DE NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el mismo se celebra bajo los términos del Convenio Marco de Colaboración Académica aprobado por resolución CS-Nº 193/00.

QUE el citado Protocolo tiene por objeto el dictado de un curso de “GESTIÓN DE CALIDAD EN EL SECTOR PÚBLICO”, destinado a magistrados y funcionarios del Poder Judicial y el Ministerio Público.

QUE a fs. 43 ASESORIA JURÍDICA en su Dictamen Nº 6257, ha tomado la debida intervención.


Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el PROTOCOLO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ACADÉMICOS suscrito entre la ESCUELA DE LA MAGISTRATURA DE SALTA y la UNIVERSIDAD DE NACIONAL DE SALTA, el que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Dejar establecido que el PROTOCOLO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ACADÉMICOS, aprobado precedentemente, deberá ser encuadrado en el REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y FINANCIAMIENTO DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS AUTOFINANCIADAS, aprobado por resolución CS-Nº 128/99.


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica, Asesoría Jurídica y Escuela de la Magistratura de Salta. Cumplido siga a la SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR


PROF. MARIA TERESA ALVAREZ DE FIGUEROA

SECRETARIA ACADEMICA


RESOLUCIÓN - R - Nº 071-02

ANEXO I




PROTOCOLO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ACADÉMICOS ENTRE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA ESCUELA DE LA MAGISTRATURA




Entre la ESCUELA DE LA MAGISTRATURA DE SALTA, en adelante LA ESCUELA, con domicilio en calle Caseros n° 670, Subsuelo, de esta ciudad, representada por su Presidente, el Sr. Juez de la Corte de Justicia Dr. Edgardo Vicente, de conformidad a lo aprobado en reunión del Consejo Académico de la Escuela en Acta del 21 de noviembre de 2001, por una parte; y la UNIVERSI­DAD NACIONAL DE SALTA, por intermedio de su Facultad de Ciencias Eco­nómicas Jurídicas y Sociales, en adelante LA UNIVERSIDAD, con domicilio en el Complejo Universitario "Gral. Dn. José de San Martin", Avda. Bolivia n° 5150, de esta ciudad de Salta, representada por su Sr. Rector, Dr. Victor Omar Viera, y el Sr. Decano, C.P.N. Luis Alberto Martino, por la otra; acuerdan en celebrar el siguiente Protocolo de Prestación de Servicios Académicos


PRIMERA: El presente Protocolo de Prestación de Servicios Académicos se celebra bajo los términos del Convenio Marco de Colaboración Académica celebrado entre LA UNIVERSIDAD y LA ESCUELA, el 4 de marzo de 2000, Cuyo texto fuera aprobado por Resolución del Consejo Superior n° 193/OO, de dicha Universidad, y Acordada n° 8462 de la Corte de Justicia.


SEGUNDA En un todo conforme con lo previamente analizado y acordado en­tre las partes, LA UNIVERSIDAD tomará a su cargo, con profesores de su plantel docente, el dictado de un curso de "GESTION DE CALIDAD EN EL SECTOR PÚBLICO, destinado a magistrados y funcionarios del Poder Judicial y el Ministerio Público, a dictarse en instalaciones de LA ESCUELA, con el si­guiente contenido temático:


1. Las organizaciones como subsistemas del sistema social.

2. El Estado como organización Misión. Visión. Objetivos.

3. La Ética en el Estado.

4. Organización, modelo de funcionamiento y organigrama.

5. La cultura organizacional actual: el modelo de mando y control.

6. Necesidad de cambios en la cultura organizacional del Estado.

7. Los cuatro componentes organizacionales: el trabajo, la gente, la orga­nización formal y la organización informal.

8. Las nuevas formas de organizar el trabajo: de la cultura del "desenten­ dimiento entre tarea y tarea" a la "integración de tareas». La influencia de las nuevas tecnologías informáticas y de comunicación.

9. Modernización de la Gestión en el Estado. Receptividad del Estado. Ejes de un Estado receptivo: a) accesibilidad al sistema de justicia; b) Comprensibilidad del sistema administrativo-judicial; c) participación; d) satisfacción de necesidades y expectativas.

10. Imagen que el ciudadano tiene del Estado, y de la justicia en particular Los puntos de contacto.

11. Los funcionarios al servicio del ciudadano. Nuevo rol del nivel operativo.

12. Satisfacción de necesidades y expectativas del usuario. Hacer las cosas a partir de las necesidades y expectativas de los usuarios del Estado. Enfoque sobre requerimientos del proceso.

13. El enfoque gerencial en el sector público. Los roles directivos

14. Administración de la calidad Concepto de calidad. Evolución histórica La gestión de calidad en el Estado. Planificación de la calidad.

15 Objetivos para una calidad de clase mundial. Clases de calidad en el Estado

16. Cartas de servicios al ciudadano. Indicadores de gestión. Sistemas de quejas, reclamos y sugerencias.

17. Sistemas de gestión de la calidad: principios y vocabulario. Las normas ISO 9000/2000.

18 Los principios de gestión de la calidad. La mejora continua

19. Modelo de sistema de gestión de la calidad con orientación a procesos.

20. Rediseño de procesos. Identificación de procesos y responsables. Formulación de proyectos de mejora.

21. Herramientas para la mejora continua de la gestión.

22. Mesas de discusión y trabajo en equipo de casos de aplicación para la unidad de trabajo del participante.


En el desarrollo del tema 3, "Ética en el Estado" además de la exposición prevista, se incorporará un panel integrado por el docente a cargo de LA UNIVERSIDAD y un jurista a designar, quién complementará los puntos de vista desarrollados. Asimismo, para el desarrollo de los puntos 17 a 21, relativos a las normas ISO y a la gestión de la calidad, se organizará un "grupo de trabajo" integrado por magistrados y funcionarios cursantes, con la finalidad de debatir los aspectos prácticos de la aplicación de tales normas en el ámbito judicial.


LA UNIVERSIDAD propondrá, asimismo, un método evaluativo, no elimi­natorio para concretarse al final del curso con la técnica del sistema de preguntas con alternativas de respuesta múltiples.


TERCERA: El desarrollo del curso se ajustará a |as siguientes condiciones:


1) CUPO: será de setenta (70) personas, aunque ambas partes, de común acuerdo, podrán establecer a su criterio, y si ello fuere compatible con el diseño académico, su ampliación.

2) BIBLIOGRAFÍA: a cargo de LA UNIVERSIDAD, que proporcionará a cada asistente, un libro con el contenido básico del curso y demás material que estime necesario para el desarrollo del curso.

3) DURACIÓN: se fija en 32 (treinta y dos) horas reloj.

4) HORARIO: los viernes de 17 a 21 y los sábados de 9 a 13 hs., semana de por medio.

5) INICIO: La fecha será fijada de común acuerdo entre las partes dentro del primer semestre de 2002.

6) LUGAR: el Aula Mayor de LA ESCUELA.

7) INSCRIPCIÓN: será realizada en LA ESCUELA, quién tendrá a su cargo la percepción del arancel correspondiente a los inscriptos.

8) DIFUSIÓN: a cargo de LA ESCUELA, que promocionará el curso entre magistrados y funcionarios del Poder Judicial y el Ministerio Público.

9) ASISTENCIA: solo se entregará certificado al inscripto que acredite haber concurrido al ochenta por ciento (80%) de las clases impartidas y haber superado la evaluación prevista.

10)CERTIFICADOS: la impresión de los diplomas que acrediten la asistencia de los cursantes, que contendrán clara referencia a LA UNIVERSIDAD y LA ESCUELA como organizadoras y responsables de este curso, estarán a cargo de esta última.

CUARTA; Los gastos y costos, consecuencia de la organización del curso, que serán afrontados con la modalidad de autofinanciamiento, conforme lo dispuesto por Acordada n° 8731 de la Corte de Justicia, se subvencionarán con un arancel que se acuerda fijar en la suma de $ 100,00 (pesos cien) por cursante y que podrá ser abonado en dos cuotas.

LA ESCUELA, al finalizar el curso, entregará a LA UNIVERSIDAD una rendición documentada, en la que constará el número de alumnos inscriptos, los importes recaudados por tal concepto y los gastos incurridos. Del producido de la recaudación se distribuirá: el sesenta por ciento (60%) a LA UNIVERSIDAD y el cuarenta por ciento (40%) a LA ESCUELA


QUINTA: Los firmantes se comprometen a gestionar la emisión de los actos administrativos destinados a la ratificación de este convenio por LA UNIVERSIDAD y la Corte de Justicia, respectivamente.


SEXTA: A los efectos de la implementación del curso LA UNIVERSIDAD designará un coordinador, quién actuará junto a un representante de LA ESCUELA.


En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Salta, a los veintisiete días del mes de febrero de 2002.



Firmado Firmado

DR. EDGARDO VICENTE DRA. GRACIELA LESINO

PRESIDENTE DEL CONSEJO ACADEMICO VICE-RECTORA

ESCUELA DE LA MAGISTRATURA A/C DE RECTORADO



Firmado

CR. LUIS ALBERTO MARTINO

DECANO

FACULTAD DE CS. ECONÓMICAS,

JURÍDICAS Y SOCIALES