SALTA, 25 de febrero de 2002



Expte. Nº 1.520/01



VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO MARCO, suscrito entre la SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y RECREACIÓN, la FUNDACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA EDUCACIÓN Y EL DESARROLLO HUMANO y esta UNIVERSIDAD; y


CONSIDERANDO:


QUE las partes se comprometen a la cooperación académica e institucional a efectos de realizar acciones en áreas de interés común referidas al intercambio tanto de información y/o publicación, como de docentes e investigadores para realización de cursos, dictado de cátedras abiertas, organización de seminarios, coloquios o jornadas, capacitación y perfeccionamiento docente y tareas de investigación..


QUE ASESORIA JURÍDICA mediante Dictamen Nº 6213, que no tiene objeción legal que formular al referido Convenio.


QUE la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA, a fs. 30 solicita la aprobación del citado Convenio.


Por ello


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Ad-Referéndum del CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el CONVENIO MARCO, suscrito entre la SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y RECREACIÓN, la FUNDACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA EDUCACIÓN Y EL DESARROLLO HUMANO y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comunicar a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Cooperación Técnica, Facultades, Sedes, Dirección General de Administración, Subsecretaría de Deportes y Recreación y Fundación. Cumplido, siga a SECRETARIA DEL CONSEJO SUPERIOR, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR


ING. DIEGO SARAVIA ALIA

SECRETARIO DE COOP. TECNICA


RESOLUCIÓN – R – Nº 039-02

ANEXO I


CONVENIO MARCO ENTRE

LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA,

SUBSECRETARIA DE DEPORTES Y RECREACION

Y LA

FUNDACION PARA LA PROMOCION DE LA EDUCACION

Y EL DESARROLLO HUMANO


Entre la SUBSECRETARIA DE DEPORTES Y RECREACION, representada en este acto por el Subsecretario Prof. Antonio Enrique MARTOS, D.N.I. N° 10.167.410, con domicilio legal en Avda Entre Ríos 1510 de la ciudad de Salta, la FUNDACION PARA LA PROMOCION DE LA EDUCACION Y EL DESARROLLO HUMANO, representada en este acto por su Presidente Lic. Hugo Walter RIVERO, con domicilio legal en Mariano Moreno s/n localidad de La Merced, Provincia de Salta y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en adelante "La Universidad" representada en este acto por su Sr. Rector, Dr. Víctor Omar VIERA con domicilio legal en calle Buenos Aires N° 177 de la ciudad de Salta, las partes acuerdan celebrar un CONVENIO DE COOPERACION, en consideración a:


Que por Resolución N° 174 del Ministerio de Gobierno y Justicia aprueba el Estatuto social de la “Fundación para la promoción de la Educación y el Desarrollo Humano" personería jurídica a dicha entidad.


Que los objetivos sociales de la FUNDACION son:


  1. La constitución de Instituciones Superiores no Universitarias Privadas.

  2. Promoción y desarrollo Humano de la Región

  3. La constitución de Instituciones Superiores Universitarias Privadas


Que tanto la Subsecretaria de Deportes y Recreación como la Fundación coinciden en la necesidad de proponer a la sociedad argentina, un ámbito destinado a difundir, promocionar y estudiar actividades físicas, deportivas y nutricionales, con el fin de mejorar la salud y la calidad de vida de las personas en todas sus etapas evolutivas.


Que esta articulación favorece importantes oportunidades de reflexión, tanto hacia el

interior de cada una de las partes como hacia a la sociedad argentina en su conjunto.


Que es importante para dichas Instituciones contar con una fuente de saber especializado con docentes e investigadores que aporten sus conocimientos para la formación y el perfeccionamiento de los proyectos conjuntos en áreas de su interés, los que significarán un aporte para la región


El presente Convenio de Cooperación que se regirá por las siguientes cláusulas:


PRIMERA: OBJETO:

Las partes se comprometen a la cooperación académica e institucional a efectos de realizar acciones en áreas de interés común, referida a :


  1. Intercambio de información y/o publicación.

  2. Intercambio de docentes e investigadores para la realización de cursos, dictado de cátedra abierta.

  3. Realización de investigaciones en forma conjunta o separada.


  1. Organización de seminarios, coloquios o jornadas


  1. Implementaci6n de programas de capacitación, actualización y perfeccionamiento docente, presenciales o a distancia.

  2. Acceso a ámbitos, equipos, materiales y financiamientos necesarios para el desarrollo de actividades de cooperación.


  1. Otras acciones que se acuerden en protocolos adicionales al presente convenio en base a los objetivos arriba señalados.


SEGUNDA: Todas las actividades y proyectos conjuntos que se lleven a cabo deberán ser objeto de un protocolo adicional que fijará las características y condiciones de la actividad o proyecto a ejecutarse, el objeto del mismo, plazo de ejecución, responsables de ambas partes, formas de financiamiento, dependencias intervinientes, administración y destino final de los bienes afectados al proyecto, previsión de las consecuencias en caso de incumplimiento y toda otra condición o circunstancia que se estime conveniente.


TERCERA: Los protocolos serán firmados por el Sr. Presidente de la Fundación, el Sr. Subsecretario de Deportes y Recreación y el Sr. Rector de la Universidad.


CUARTA: Este Convenio regirá a partir de su firma por las partes y tendrá una duración de 2 (dos) años excepto manifestación en contrario efectuada por alguna de las partes y comunicada a las contrapartes en forma fehaciente con 3 (tres) meses de anticipación, debiendo cumplirse hasta su terminación los planes de trabajo acordados previamente.


QUINTA: En caso de controversias las partes se someterán a los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta.


En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor ya un solo efecto) en la ciudad de Salta a los ocho días del mes de febrero del ano dos mil dos.


Prof. Antonio Enrique Martos Dr. Víctor Omar Viera

Subsecretario de Deportes Rector

y Recreación de la Provincia


Lic. Hugo Walter Rivero

Presidente