SALTA, 28 de diciembre de 2001





Expte. Nº 1411/01





VISTO la Ley Nº 25.401 aprobatoria del PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el EJERCICIO 2001 y la resolución CS Nº 131/01 PRESUPUESTO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y





CONSIDERANDO:





QUE el artículo 17 de la resolución CS-Nº 131/01 expresa: “Establecer que las erogaciones (según anexo) con sus respectivos montos, se financiarán con las economías del rubro gastos en personal permanente de todas las dependencias de la Universidad Nacional de Salta hasta el mes de mayo/2001 inclusive, según anexo adjunto al presente artículo..."



QUE por Resolución Nº 138/01 del Consejo Superior se ha efectuado una modificación al artículo 17º de la Resolución CS-Nº 131/01 de distribución administrativa de créditos en la suma de NOVENTA PESOS ( $ 90.000,00).



QUE por la modificación indicada el monto total del Anexo XII al Art. 17º de la Resolución CS-Nº 131/01 asciende a la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS CON CUATRO CENTAVOS ($ 391.384,04).



QUE por artículo 13º de la Resolución CS-Nº 131/01 se establece la metodología para efectuar las transferencias de créditos, en especial las que tienen incidencia en el Inciso 1-Gastos en Personal.



QUE la misma resolución de distribución de créditos establece en su artículo Nro. 16º establece la formación de un fondo común, el que se constituirá con el 10 % de las economías / ahorros de los créditos autorizados para gastos en personal permanente, determinada y transferida mensualmente.



QUE la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO ha efectuado el control de las operaciones y registraciones al mes Setiembre/2001 y ha efectuado la determinación mensual y acumulada de los ahorros o economías transitorias a que se refiere el Art. 16º y 17º de la Resolución CS-Nº 131/01, Expte. 384/01, mediante "Informe Presupuestario Nro. 21/2001".

QUE se da cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 18º de la Resolución CS-Nº 131/01 respecto del cumplimiento de las proyecciones previstas y el logro del equilibrio presupuestario a cierre de ejercicio cuya responsabilidad corresponde a los titulares de cada Centro de Gestión de Producción.



QUE la Dirección de Presupuesto mediante informes presupuestarios ha recomendado tener presente la disponibilidad financiera al momento de la ejecución de los gastos totales, en especial los gastos a que se refiere el Art. 17º de la Resolución CS-Nº 131/01.



///...

.../// - 2 -







Expte. Nº 1411/01





Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA, mediante Despacho Nº 138/01.





EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Ad-Referéndum del CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:



ARTÍCULO 1º. Modificar el PRESUPUESTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, para el EJERCICIO 2001 - Finalidad 3: Servicios Sociales - Función 4: Cultura y Educación - F.5: Ciencia y Técnica, según anexo I al presente artículo.

Bajas de Créditos $ 428.607,67

Altas de Créditos $ 428.607,67



ARTÍCULO 2º. Modificar el PRESUPUESTO en el ámbito de las DEPENDENCIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, para el EJERCICIO 2001 - Finalidad 3: Servicios Sociales; Función 4: Cultura y Educación; Función 5: Ciencia y Técnica de acuerdo al anexo II al presente artículo.



ARTÍCULO 3º. Dejar establecido que los gastos que se financian con la presente resolución son los explicitados en la Resolución CS-Nº 131/01 - Art. 17º - y Nº 138/01 del Consejo Superior, según anexo III al presente artículo, lo que serán expuestos contable y presupuestariamente en la cuenta Nº 40 habilitada a tal fin.



ARTÍCULO 4º. Hágase saber, remítase copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad y Unidad de Auditoría Interna. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Posteriormente gírese a la SECRETARÍA DEL CONSEJO SUPERIOR. Oportunamente archívese.

JG



CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR





RESOLUCIÓN – R – Nº 691-01