SALTA, 18 de octubre de 2001


Expte. Nº 17.043/01


VISTO estas actuaciones y la propuesta presentada por la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, para atender el servicio de la PILETA DE NATACIÓN durante la temporada 2001/2002; y


CONSIDERANDO:


QUE el mencionado Proyecto ha sido presentado por la Prof. Edit Elizabeth GUTIERREZ con el objeto de integrar tanto a los diferentes sectores del ámbito universitario como a la comunidad en general como una extensión al medio, a través de las actividades recreativas y deportivas de la UNIVERSIDAD y prevé el inicio de actividades el día 15 de octubre del año en curso para finalizar el 15 de marzo de 2002, con arreglo a lo dispuesto en el inciso 21 del artículo 1º de la resolución rectoral Nº 704-92, que aprueba el REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO PARA EL USO DEL NATATORIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA.


Por ello y atento a lo dispuesto por SECRETARIA ADMINISTRATIVA,


LA VICERRECTORA A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Autorizar la implementación del Proyecto PILETA DE NATACIÓN, para la temporada 2001-2002, presentado por la Prof. Edit Elizabeth GUTIERREZ, del Departamento de Educación Física y Deportes dependiente de la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, que corre agregado de Fs. 3 10 de las presentes actuaciones.


ARTICULO 2º.- Fijar los siguientes aranceles para el uso de la Pileta de Natación de esta UNIVERSIDAD, autorizando al DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES a realizar el cobro de los mismos:


( familiar directo: padre, madre e hijos) $ 30,00

(idem anterior) $ 35,00

medio, a cargo de un profesor responsable, arancel CINCUENTA CENTAVOS ($0,50) por alumno por hora.

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Expte. Nº 17.043/01


ARTICULO 3º.- Dejar establecido que la recaudación de aranceles se deberá ajustar a lo establecido en la resolución rectoral Nº 097-96, referida al REGIMEN DE FACTURACIÓN en el ámbito de esta UNIVERSIDAD.


ARTICULO 4º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Secretaría de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración, Departamento de Becas y Departamento de Educación Física y Deportes. Cumplido siga a SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DRA. GRACIELA LESINO

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICE-RECTORA A/C RECTORADO


RESOLUCIÓN – R – Nº 486-01