SALTA, 19 de junio de 2001



Expte. Nº 1.047/00 – 1.307/00


VISTO estas actuaciones relacionadas con el Convenio suscrito entre la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN BASICA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y esta Universidad; y


CONSIDERANDO:


QUE el mismo trata sobre la implementación del Postítulo en Análisis y Animación Socio-Institucional, destinado a profesores en actividad en carreras de formación docente de instituciones de educación superior y no universitaria, de gestión pública y privada.


QUE el citado Convenio fue analizado por la COMISION DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO, a fs. 37 (vta.), la cual aconseja aprobar el mismo y sugiere un posterior tratamiento por parte de las COMISIONES DE HACIENDA y DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA.


Por ello y atento a la solicitud efectuada por el Lic. Sergio CARBAJAL, Coordinador Académico del Convenio.


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Ad-Referéndum del CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el CONVENIO y sus ANEXOS, suscritos el día 29 de setiembre de 2000, entre la SECRETARIA DE EDUCACIÓN BASICA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, que como Anexo I forman parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Administrativa, Facultad de Humanidades y Lic. Carbajal. Cumplido siga al CONSEJO SUPERIOR, para su conocimiento y efectos. Oportunamente archívese.


JG


PROF. MARIA TERESA ALVAREZ DE FIGUEROA DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIA ACADEMICA RECTOR


RESOLUCIÓN – R – Nº 273-01









CONVENIO ENTRE

LA SECRETARIA DE EDUCACION BASICA

Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA


Denominaciones incluidas en este Convenio


SECRETARIA: la Secretaría de Educación Basica del Ministerio de Educación

la Nación


INSTITUCIÓN: la Institución Académica es la Universidad Nacional.


Las partes: Se refiere a las entidades que suscriben este convenio, es decir, la SECRETARIA y la INSTITUCIÓN.


Propuesta: Programa organizado por la SECRETARIA para el desarrollo. del Postítulo en Análisis y Animación Socio institucional, y presentado a :La INSTITUCIÓN para que esta se encargue de realizar la gestión operativa, según los requerimientos establecidos


Postítulo: Denominación genérica para identificar la especialización que dictará la SECRETARIA dentro del marco del Programa de Formación Docente, en convenio con la INSTITUCIÓN.


Convenio: Se refiere este contrato instrumento jurídico.


Anexos: Los documentos reconocidos por la SECRETARIA y la INSTITUCIÓN que forman parte integrante de este convenio.


CONVENIO


Entre la Secretaría de Educación Básica, en adelante la Secretaría, por una parte, representada en este acto por su titular el Dr. Andrés Delich D.N.I. N° 17.332.044) y por la otra parte, la Universidad Nacional de Salta, representada por su Rector el Dr. Víctor Omar Viera (L.E. N° 7.904.901), en adelante la INSTITUCIÓN, se celebra el presente Convenio


Cláusula Primera: Las partes manifiestan qué el objeto de este convenio es acordar y establecer de mutuo acuerdo, los derechos y obligaciones, así como las condiciones generales y términos específicos que les corresponden y asumen, en función de materializar la implementación del Postítulo en Análisis y Animación Socio Institucional destinado a profesores en actividad, de carreras de formación docente de instituciones de educación superior no universitaria de gestión pública y privada, que fuera promovida por la SECRETARIA mediante el Programa dé Formación Docente.


Cláusula Segunda: Las partes reconocen a este Convenio corno el instrumento jurídico especifico que las liga conforme a las Cláusulas y Anexos que lo componen, siendo también de aplicación a esta relación contractual los términos contenidos en la propuesta de la SECRETARIA documento que se adjunta y pasa a formar parte del presente convenio como Anexo


Cláusula Tercera: La SECRETARIA encomienda a la INSTITUCIÓN. a través de la CONSULTORA INSTITUCIONAL de la Facultad de Humanidades, y ésta por su parte acepta los términos del Convenio, obligándose a la organización y dictado de Postítulo para Animadores Socioinstitucionales, dirigido a profesores de Institutos de Formación Docente de gestión estatal y privada. La elección de la Universidad Nacional de Salta para la realización de esta tarea se basa en sus antecedentes académicos en el área de referencia, según surge del informe que integra el Anexo


Cláusula Cuarta: El plazo de ejecución de este convenio se extenderá desde el momento de su firma y hasta la finalización del Postítulo en julio de 2.002, periodo dentro del cual deberá darse cumplimiento a todas las obligaciones emergentes del presente convenio.


Cláusula Quinta: El valor global de la actividad encomendada por la SECRETARIA a la INSTITUCIÓN, o precio de los servicios acordados entre las partes se establece de mutuo acuerdo en la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL CIEN ($ 191.100. ) cantidad fija e inamovible por todo concepto Dicha cantidad total se integra con la suma de los respectivos valores asignados a los distintos rubros que componen el presupuesto financiado, conforme a la propuesta que consta en el presupuesto que figura en el ANEXO I, a saber: Retribuciones:, PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL ($ 159.000), Materiales didácticos:, PESOS TRES MIL ($ 3.000), Costos Operativos: PESOS OCHO MIL CIEN ($ 8.100), Traslados del personal: PESOS VEINTIUN MIL ($ 21.000


Cláusula Sexta: La SECRETARIA transferirá los pagos correspondientes a la ejecución de este convenio, a la cuenta que la INSTITUCIÓN tenga habilitada con ese propósito y según el siguiente detalle: A partir de la firma del convenio, un monto total de PESOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA ($ 38.430. ). Dicha cantidad total se integra con la suma de los respectivos valores asignados a los distintos rubros que componen el presupuesto financiado, conforme a la propuesta que consta en el ANEXO I, a saber


  1. Retribuciones: PESOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS ($ 29.600. )

2. Materiales didácticos: PESOS TRES MIL ($ 3.000. )

3 Costos operativos: PESOS MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ 1 630  )

4. Traslados del personal: PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 4.200  )

En el mes de Enero de 2.001, un monto total de PESOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 37.590. ). Dicha cantidad total se integra con la suma de los respectivos valores asignados a los distintos rubros que componen el presupuesto financiado conforme a la propuesta que consta en el ANEXO I a saber:


1. Retribuciones: PESOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS ($ 31.800. )


2. Costos operativos PESOS MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 1.590. )


3. Traslados del personal: PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 4.200. )


En el mes de abril de 2.001 un monto total de PESOS TREINTA Y SIETE MIL

QUINIENTOS NOVENTA ($ 37.590. ). Dicha cantidad total se integra con la suma

de los respectivos valores asignados a los distintos rubros que componen el

presupuesto financiado conforme a la propuesta que consta en el ANEXO I a

saber:


1. Retribuciones: PESOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS ($ 31.800. )


2. Costos operativos: PESOS MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 1.590. )


3 Traslados del personal: PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 4 200. )


En el mes de agosto de 2.001 un monto total de PESOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 37.590. ). Dicha cantidad total se integra con la suma de los respectivos valores asignados a los distintos rubros que componen el presupuesto financiado conforme a la propuesta que consta en el ANEXO i a saber:


1. Retribuciones: PESOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS ($ 31.800. )

2. Costos operativos: PESOS MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 1.590. )

3. Traslados del personal: PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 4.200. )


En el mes de enero de 2.002 un monto total de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL

NOVECIENTOS ($ 39.900.  . Dicha cantidad total se integra con la suma de los

respectivos valores asignados a los distintos rubros que componen el presupuesto

financiado conforme a la propuesta que consta en el ANEXO I a saber:


1. Retribuciones: PESOS TREINTA Y CUATRO MIL ($ 34.000. )

2. Costos operativos: PESOS MIL SETECIENTOS ($ 1.700. )

3. Traslados del personal: PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 4 200. )


Cláusula Séptima: En el supuesto de producirse acciones u omisiones de parte de

la INSTITUCIÓN, que fueran observables por contraponerse a las obligaciones

asumidas y configurasen un incumplimiento contractual, la SECRETARIA estará

facultada para suspender los pagos convenidos en este convenio hasta tanto dicha

situación sea pronta y adecuadamente subsanada. De darse dicho supuesto, la

SECRETARIA deberá comunicar de inmediato a la INSTITUCIÓN, las

circunstancias del hecho y los motivos que hubiere considerado para adoptar esa

decisión, otorgándole a la entidad un plazo perentorio para subsanar la

observación. De mantenerse la irregularidad detectada o cuando ella revistiera

gravedad suficiente, la SECRETARIA estará facultada para resolver este convenio

según lo previsto en la clausula primera, Anexo III.­


Cláusula Octava: La INSTITUCIÓN asume Íntegramente por si y por los terceros

que ella convoque, ta responsabilidad institucional, docente' pedagógica y

administrativa por el trabajo encomendado por la SECRETARIA, comprometiéndose

a cumplir y hacer cumplir las obligaciones emergentes del presente convenio y de la

propuesta presentada (Anexo 1).


Cláusula Novena: La INSTITUCIÓN velará por asegurar que

a) se contrate el personal necesario para dar cumplimiento a la PROPUESTA

(Anexo 1), para lo cual debe contar con el acuerdo previo de la SECRETARIA.

b) se inicien y realicen las actividades de acuerdo con la Propuesta que figura en el

Anexo 1;

c) los cursantes sean exclusivamente aquellos profesores de los profesorados que

fuesen nominados por la SECRETARIA;

d) el contenido de cada instancia del currículum se extienda de acuerdo con lo

establecido en la propuesta del Postítulo

e) se concrete la entrega de los materiales de estudio a los asistentes al curso en la

forma y tiempo establecidas;

f) se controle la asistencia de los participantes a los cursos adecuadamente

informándose de ello a la SECRETARIA;

9) se asegure la realización de las tareas administrativas requeridas;

h) las evaluaciones a efectuarse sean aquellas establecidas y que los cursantes reciban la comunicación de los resultados obtenidos;

i) se extiendan las respectivas acreditaciones y certificaciones comprometidas;

j) la información y las pruebas de evaluación se registren y archiven adecuad am ente ;

k) la SECRETARIA disponga de la información que solicite en tiempo y forma;

l) se atiendan debidamente las observaciones e indicaciones que realice la SECRETARIA sobre el desarrollo del Postítulo

m)se realice un adecuado proceso de control y evaluación de las actividades cumplidas, allanando también aquellos otros requerimientos que la SECRETARIA le formule en el marco de este convenio.


Cláusula Décima: Respecto a las certificaciones a realizarse durante y después del desarrollo del Postítulo se establece que la INSTITUCIÓN deberá:


a) emitir certificados de las diversas instancias complementadas por los cursantes

b) emitir un certificado final para cada cursante acreditando la aprobación del Postítulo


Cláusula Décimo primera: La INSTITUCIÓN :no podrá ceder total o parcialmente|

los derechos y las obligaciones sustantivas que asume por la firma de este

convenio, salvo que la SECRETARIA le extienda una conformidad manifiesta sobre

alguna cuestión en particular, o bien que se formalice un acuerdo en tal sentido

entre las partes


Cláusula Décimo segunda: La INSTITUClON, si no mediara autorización de la

SECRETARIA no estará autorizada por si a reemplazar a los responsables

pedagógicos y docentes que fueron nominados en su propuesta, salvo causa

justificada, en cuyo caso propondrá en su reemplazo personal que acredite

capacidad y experiencia comparable en la especialidad. Dicho reemplazo, para

hacerse efectivo, deberá contar con la aceptación de la SECRETARiA. El persona

que no se establezca en la Propuesta (Anexo 1) será asignado al desarrollo del

Postitulo con acuerdo de la SECRETARIA. Por su parte, la SECRETARiA podrá requerir a la INSTITUCION, el relevo o sustitución de cualquiera de los integrantes del plantel pedagógico docente, cuando a su criterio existan motivos suficientes que así lo aconsejen.


Cláusula Décimo tercera: La INSTITUCIÓN será responsable por los eventuales daños que pudieran sufrir el personal contratado, cuando dichos daños deriven de las cosas afectadas al cumplimiento de este convenio. La SECRETARIA exigirá a la INSTITUCIÓN constancias que evidencien la contratación y vigencia de pólizas de seguro de compañías de primera linea, que otorguen las debidas coberturas de riesgo sobre el personal de la propia INSTITUCIÓN.


Cláusula Décimo cuarta: La INSTITUCION será la única y exclusiva responsable de efectuar los pagos que correspondan al personal que resulte afectado por su cuenta al desarrollo de las actividades de este convenio. Dicha responsabilidad le cabrá asimismo respecto a las retenciones y descuentos de práctica. A tal efecto la INSTITUCIÓN estará obligada a respeta r las leyes laborales, provisionales y tributarias vigentes y que resulten aplicables. Asimismo la INSTITUCION comunicará fehacientemente al personal afectado a la tarea, que entre ellos y la SECRETARIA no existirá ningún tipo de relación contractual ni de dependencia ni de ninguna otra naturaleza.


Cláusula Décimo quinta: La existencia de reclamos, diferencias, observaciones y cualquier otra cuestión en trámite entre las partes, no dará en ningún caso derecho a la INSTITUCIÓN, para suspender inconsultamente o demorar injustificadamente el cumplimiento de sus:\ obligaciones. La INSTITUCION sólo podrá demorar el cumplimiento de sus obligaciones en caso de falta de efectivización de las transferencias convenidas, cuando dicho atraso impida el normal desarrollo de las actividades.


Cláusula Décimo sexta: Estarán a cargo exclusivo de la INSTITUCIÓN todos los impuestos, derechos, tasas. aportes. contribuciones y demás gravámenes fueran ellos de carácter nacional, provincial o municipal, que correspondiesen abonarse o tributarse como consecuencia del presente convenio


Cláusula Décimo séptima: Las partes establecen que sólo modificarse las condiciones y términos contemplados por este Convenio, mediante acuerdo por escrito entre ellas, o bien en su defecto, solicitud o nota cursada por una parte seguida de una aceptación válida y fehaciente comunicada por la otra parte. Desde el momento en que se produzca el acuerdo entre las partes o desde el otorgamiento de la conformidad respecto de una solicitud, las nuevas estipulaciones consensuadas pasarán a formar parte de este convenio sustituyendo aquellas partes modificadas o bien, incorporándose en carácter de acuerdo complementario. Todas las comunicaciones formales entre las partes se efectuarán por escrito, por intercambio documental, o bien podrá recurrirse a la modalidad de fax o correo electrónico, cuando ésta resultare conveniente. Todos los Informes, documentos y certificaciones que la INSTITUCION eleve a la SECRETARfA con motivo del presente convenio, serán dirigidos al titular de la SECRETARIA y remitidas al domicilio legal fijado en este convenio. Dicha documentación deberá ser suscrita por el Rector de la UNSA, en su carácter de Representante de la INSTITUCIÓN. En su defecto se aceptará la firma de otro funcionario, cuando éste fuere autorizado a ta efecto por un acto de delegación expreso


Cláusula Décimo octava: Las partes acuerdan como modalidades procedimientos en materia de seguimiento, control y auditoria de este Convenio las establecidas por el Anexo ll el cual pasar a formar parte del presente convenio.


Clausula Décimo novena: Respecto a la posibilidad de una eventual extinción de este convenio en forma anticipada a la conclusión prevista por el simple cumplimiento de las obligaciones contractuales, las partes previsionan los supuestos contemplados dentro del Anexo III que pasa a formar parte del presente Convenio


Cláusula Vigésima: La SECRETARiA podrá proponer a la INSTITUCIÓN las modificaciones que estime convenientes a este Convenio, como también a los

Anexos II y III que lo integran. A tal efecto, deberá notificar de su propósito a la oí parte con una antelación en ningún caso menor a los treinta (30) días de la fecha que eventualmente comenzaría a tener validez el cambio propuesto. Notificada INSTITUCIÓN, ésta dispondrá de di az (10) días para comunicar a la SECRETARIA su aceptación a la modificación propuesta, o bien para fundar debidamente rechazo u oposición. Transcurrido dicho plazo, sin que la INSTITUCION comunique su decisión a, su silencio será considerado como aceptación de la modificación propuesta por ia SECRETAR


Cláusula Vigésimo primera: Para el supuesto que se produzcan eventual controversias surgidas del presente Convenio, fueran ellas judiciales extrajudiciales, las partes constituyen domicilio legal, en: la SECRETARIA en calle Pizzurno N° 935, 1er. Piso, de la Ciudad de Buenos Aires, y la INSTITUCION lo hace en la calle Buenos ]Aires N° 177 de la ciudad de Salta, Provincia de Salta sometiéndose a la competencia de los Tribunales Federales con asiento en Ciudad de Buenos Aires


En prueba de conformidad, se firman 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Buenos Aires, a los veintinueve días del mes de septiembre de 2000


ANEXO I


DISEÑO CURRICULAR DEL POSTITULO EN

ANÁLISIS Y ANIMACIÓN SOCIOINSTITUCIONAL'


I   INTRODUCCION


1. Propósitos

Este Postítulo procura la especialización en el análisis y la animación socioinstitucional para responder las exigencias de contextos sociales impactados por condiciones de cambio y crisis, y las de organizaciones, grupos y actores educativos involucrados en procesos de cambio estructural.

Se convierten en campos particulares de estudio los distintos ámbitos en que operan los Institutos de Formación Docente:

a) el establecimiento mismo corno espacio institucional de formación, investigación y extensión;

b) las escuelas en las que se interviene a través de la inserción de practicantes y graduados, del asesoramiento a demanda, de la especialización de los docentes,

etc.;

c) las organizaciones sociales y poblaciones en su calidad de espacio socioins­titucional de influencia y fuente de impacto sobre las propias dinámicas internas. Su currículo presta especial atención al trabajo con los aportes de punta en el área, tanto en lo que hace a desarrollos teóricos que dan cuenta de las dinámicas socioinstitucionales   comunitarias, organizativas, grupales, interpersonales  que presentan los campos de desempeño de los graduados y los que demandan intervenciones varias a los Institutos como en lo que hace al avance del conocimiento sobre estrategias y técnicas de intervención pertinentes a esos campos y tales dinámicas.

Se espera que esta especialización permita facilitar la revisión de las prácticas habitualmente usadas en el trabajo colectivo interno y externo promoviendo la formulación de proyectos socioinstitucionales que puedan responder a demandas crecientemente complejas que reciben los Institutos de Formación Docente.

También, y por su encuadre e índole, se supone que el proceso mismo que originará el desarrollo de este Postítulo va a impactar sobre la trama de relaciones de los Institutos activando, a través de algunas de sus actividades, los intercambios de experiencias y la generación de espacios propicios para la producción pedagógica colectiva.


' Este Proyecto ha sido redactado por Lidia M Fernández con la colaboración de Anahi Maslache a partir de los aportes que  en consulta permanente  han realizado los Profesores con Sergio Carbajal de la UNSalta Dolores Domínguez (VNPSJB) Marta Reinoso UNPA) Silvia Ormaichea (UNNE) Han aportado también sus comentarios Las prof Lucía Garay (UNC) y la Dra Ida Butelman (Emérita de la UBA) Todos ellos miembros


2. Características de la formación propuesta


La formación que se encara es compleja. El sujeto que se Incorpora a ella se ve desafiado de continuo por una de las características centrales de /os procesos de análisis institucional: el doble análisis de /os hechos en su dimensión externa y en su dimensión subjetiva

El hallazgo de las instituciones sociales en el interior de uno mismo, la comprensión del modo en que éstas se traducen en prejuicios y estereotipos, la captación de los múltiples obstáculos que instalan en la percepción social, la comunicación y las relaciones grupales, organizacionales, comunitarias, se convierten en logros necesarios de este tipo de formación.

Dado que el análisis y la animación socioinstitucional es en su núcleo sustantivo la operación de un tercero que genera un espacio para revisar los diagnósticos consuetudinarios de las situaciones y sus productos, la comprensión del otro y los otros en sus particulares posiciones y realidades y desde sus propias maneras de mirar el mundo, es un conocimiento y una práctica de difícil acceso  que exige un trabajo personal importante – pero se convierte en prerrequisito de cualquier intervención afortunada en los grupos, las organizaciones y los diferentes sectores sociales

trabajo personal importante   pero se convierte en prerrequisito de cualquier intervención afortunada en los grupos, las organizaciones y los diferentes sectores sociales.

Se trata entonces de una formación que debe ser atentamente acompañada y que requiere de los participantes la disposición a organizarse, trabajar en equipos de producción y sostener tal trabajo, convirtiendo sus vicisitudes en material de análisis esencial para la especialización que se propone en la carrera.

Demandará un esfuerzo sostenido de consulta bibliográfica y estudio, así como la participación plena en las experiencias de laboratorio y de vida cotidiana que propongan los residenciales. Estos últimos funcionarán como espacio institucional en análisis y permitirán de este modo trabajar con un material de experiencias comunes  reales   que aceleran habitualmente los procesos de comprensión del modo múltiple y diversamente velado en que se presenta lo institucional.


3. La Situación de formación


Se trabajará en una situación de encuadre residencial intensivo apoyado   en las tareas de estudio y producción previas y posteriores a cada encuentro presencial con el asesoramiento de los profesores   y fuertemente sostenido por la inclusión de cada participante en un pequeño equipo de trabajo

Cada participante operará entonces en cuatro tipos de relación: a) el trabajo independiente guiado por consignas especiales y apoyado por la consulta bibliográfica,

b) el trabajo en un pequeño grupo, que se convertirá en el ámbito directo de intercambio sobre el trabajo independiente y en el de producción de un Trabajo en Proyecto que funcionará como eje articulador de la formación,

c) el trabajo del equipo con el Tutor,

d) el trabajo como equipo con otros equipos y como persona en otros grupos y en el grupo amplio, en los laboratorios, talleres y sesiones de supervisión que se desarrollen en los Residenciales.


II   CARACTERiSTICAS DEL CURRICULO

  1. Carácter general

El Postítulo en Análisis y Animación Socioinstitucional desarrolla una propuesta de especialización que tendrá una duración de 16 meses, exigiendo un total de 250 horas de trabajo presencial y 150 horas de trabajo individual, en las que se incluye las correspondientes a la elaboración de informes parciales, informes finales por seminario y el Trabajo en Proyecto.

En los puntos que siguen se detalla la distribución y secuencia de actividades correspondientes al Postítulo en Análisis y Animación Socio Institucional.


2. Postítulo en Análisis y Animación Socio Institucional

2.1. Ejes de organización y tipos de actividad

El currículo se organiza alrededor de tres ejes de trabajo:

a) Realización de las lecturas y trabajos de análisis fundados teóricamente que propongan los Seminarios (realizados individualmente y en lo posible según la situación geográfica de cada cursante, en pequeños grupos de trabajo y guiados con consignas y material especifico).

b) El trabajo en Laboratorios, Talleres, Ateneos y Sesiones de Supervisión que se realizarán en encuentros residenciales intensivos.

c) La realización en equipo de un Trabajo en Proyecto encuadrado tutorialmente y supervisado tanto en los encuentros presenciales como a través de correo postal o electrónico.

A su vez, la participación en el Trabajo en Proyecto funcionara como eje articulador de la elaboración teórico técnica promovida por la participación en los Seminarios y como estimulo de los desarrollos psicosociales que propongan los encuentros residenciales.


2.2. Encuadre Metodológico y Actividades

El currículo incluye el desarrollo de cuatro núcleos temáticos destinados al b) Análisis institucional de los grupos, las organizaciones y los movimiento.

c) Análisis institucional de los grupos, las organizaciones y los movimientos comunitarios II: Introducción al trabajo de animación socioinstitucional.

d) Dinámica de los grupos y las relaciones en proyectos de animación socioinstitucional.

Cada núcleo (cuyos contenidos mínimos se consignan en el apartado que sigue) implicará:






La enunciación de los Núcleos no implica secuencia sino énfasis, dado que el encuadre de la formación en los encuentros residenciales intensivos considera al conjunto de las actividades al modo de un Laboratorio complejo. En él se convertirán en tema de trabajo tanto los incluidos en el programa temático como los dispositivos pedagógicos utilizados en el trabajo independiente y en los residenciales.

Esto significa, por un lado, que se dará espacio especial al análisis de lo trabajado en su estructura, dinámica y resultados. Por otro, que todas las actividades contemplan los momentos de la acción y los del análisis de los resultados de esa acción.


En el cuadro siguiente se muestra de un modo simple la vinculación de los diferentes tipos de trabajo y su secuencia.


Para destacar el modo en que se trabajarán (en forma central o concurrente) los diferentes núcleos se usa el siguiente código NTC: se refiere al núcleo que se trata de modo central NTS: se refiere al núcleo que se trata en forma concurrente, ya porque se trabaja de hecho en el dispositivo pedagógico elegido, ya porque es objeto de trabajo en las reuniones de evaluación


Secuencia y Articulación de las Actividades Generales


    1. El Trabajo en Proyecto


Consistirá en la elaboración de un proyecto de animación basado en un análisis diagnóstico de carácter institucional.

Incluirá el diseño y realización del diagnóstico, el diseño y puesta en práctica de la

animación, y la evaluación de su impacto y resultados a corto plazo.

En todas sus etapas contará con la asistencia de un tutor que realizará supervisiones a distancia y en el tiempo de los residenciales.

El equipo docente responsable de la carrera procurará que el o los temas que se tomen como eje del proyecto permitan concertar el esfuerzo de más de un equipo e involucren y tengan significación para el conjunto de los Institutos de Formación Docente y sus comunidades de inserción.

Son ejemplos del tipo de Proyecto que cumplirían estas funciones:

a) la organización, coordinación y evaluación de Jornadas regionales de relato y análisis de experiencias pedagógicas que procuren innovar en algún área de la formación, de la extensión, de la investigación;

b) la organización de un trabajo de reconstrucción de la memoria colectiva acerca de las instituciones de la formación docente y su puesta en común en Jornadas locales de exposición a troves de diversos medios expresivos;

c) el montaje, atención y evaluación de dispositivos de consulta sobre diferentes asuntos es vinculados a la vida de las comunidades en que se insertan los Institutos;

d) el diseño, desarrollo y evaluación de Jornadas regionales destinadas a poner en común el relevamiento de sistemas y dispositivos de la formación docente en la historia y en el mundo actual;

e) el diagnóstico de asuntos especiales de interés para las escuelas con las que se vinculan los Institutos y la realización de trabajos destinados a esclarecer y asesorar sobre la problemática;

f) el diseño de dispositivos de animación sobre asuntos varios, su prueba y evaluación y la comunicación de sus resultados, etc


3. Los contenidos básicos


El marco teórico que informa el diseño de este Postitulo recibe aportes de las corrientes institucionales con desarrollo en la Argentina y Francia, de las corrientes de la psicología social, la sociología de las organizaciones y las profesiones, la psicopatología del trabajo y la dinámica de los grupos


Se exponen a modo de orientación lineamientos temáticos de cada núcleo.


Núcleo temático 1. Introducción al Análisis Institucional de los Fenómenos Sociales de la Formación


Las instituciones: su carácter cultural y psíquico. La institución como formación cultural de marco. Vinculación con los fenómenos del poder, la socialización, el control, la libertad y la enajenación.

La institución como objeto interno, como objeto de representación colectiva y como núcleo de la identidad de sujetos, grupos y organizaciones.

El análisis institucional: sus propósitos de comprensión y elucidación. Su relación con la operación de un tercero. La construcción de un campo de análisis y las diferencias con el campo de la animación.

El problema de la realidad interna y la realidad externa. El fenómeno de la implicación.

Características estructurales y dinámicas de los grupos y las organizaciones de la educación y la formación. La dinámica de sus relaciones con los contextos interinstitucionales y sociales. Algunas de las problemáticas frecuentes en los espacios de la formación.


Núcleo temático ll.  Análisis Institucional de los Grupos, las Organizaciones y los Movimientos Comunitarios 1: Introducción al Trabajo Diagnóstico.


El diagnóstico: encuadre, niveles y dimensiones de análisis, estrategias y requerimientos. El análisis de la demanda. Los analizadores naturales y artificiales

El problema de las técnicas y la construcción colectiva del acceso al conocimiento institucional. Algunas herramientas privilegiadas:

a) La Observación. Tipos: observación participante y no participante (observación de impregnación, abierta, focalizada, densa). Los enfoque etnográficos.

b) La Entrevista como situación de interacción y vinculación. Tipos; según el número de sujetos (entrevistas individuales y grupales). Según el instrumento de indagación (estructuradas, semiestructuradas, abiertas, de exploración operativa).

c) Los Dispositivos Expresivos: el dibujo, el fotolenguaje, los dispositivos dramáticos, las producciones narrativas, el sociodrama institucional|


Núcleo temático III Análisis Institucional de los Grupos, las Organizaciones y los Movimientos Sociales ll: Introducción al Trabajo de Animación Socioinstitucional


La intervención y la animación. Realidad e imaginario de la intervención y la animación. La construcción de un campo de animación y el problema del sostén de las certidumbres. Ética y responsabilidad en la animación. Los compromisos de confidencialidad y devolución de la información. Alcances y limites de la animación socioinstitucional en educación.

La animación externa y la animación desde el rol como dimensión continua de los desempeños profesionales. Algunos dispositivos privilegiados:

a) Observación y realimentación. El dar ayuda y la confrontación de miradas b) Las entrevistas individuales y grupales de devolución.

c) Coordinación de grupos de regulación. El dispositivo de G. Mendel.

d) El uso de Proyectos de acción como dispositivos de animación. Sus condiciones construcción colectiva del diseño, el desarrollo y la evaluación


Núcleo IV   Dinámica de los Grupos y las Relaciones Interpersonales en Proyectos de Cambio.


Los procesos de cambio. Dinámicas en proyectos de cambio. La relación entre cambio, catástrofe y crisis. El tema del conflicto.

Configuraciones institucionales frente al cambio según su intensidad (incremental o de sustitución), proveniencia (externo, interno), cualidad (deseado o no deseado), inserción (acorde o desacorde con las culturas comunitarias). Su carácter en función de los rasgos y poder organizador de la cultura institucional del establecimiento.

La elaboración, implementación y evaluación de proyectos de cambio.


4. Acreditación y promoción


Implica la asistencia al 80% del tiempo de cada residencial, la presentación y aprobación de todos los trabajos y la participación en todas las etapas del Trabajo en Proyecto. Sobre este último, el participante deberá presentar y aprobar un Informe basado en su diario de campo, que implique y demuestre su nivel de teorización de la experiencia realizada.


5. Organización académica


Este Postítulo será desarrollado por Convenio entre el Programa Nacional de Formación Docente y la Universidad Nacional de Salta.




El coordinador académico es el responsable de supervisar:


a) la elaboración de los materiales didácticos para los participantes (con apoyo del Programa de Formación Docente);

b) el cumplimiento de los objetivos académicos;

c) el cumplimiento de las actividades académicas programadas para los cursantes;

d) la asistencia de los cursantes;

e) la realización de todas las tareas administrativas necesarias;

f) es el responsable de seleccionar y hacer designar al personal docente y administrativo requerido y especificado en este Anexo para el desarrollo del Postitulo.




6. Equipo de Formadores


El equipo de formadores está integrado por Especialistas del campo institucional de las Universidades Nacionales, que tienen convenios de cooperación recíproca y forman parte de la Red de Estudios Institucionales en Educación cuyos Curricula Vitarum se adjuntan a continuación de este Anexo. Sus integrantes son:



Sus funciones son:


a) asistir a los encuentros previos de organización de los residenciales;

b) coordinar un grupo de hasta 25 personas en las diversas actividades programadas en los residenciales;

c) participar de todos los encuentros de evaluación de la experiencia que se realicen en el transcurso de los residenciales;

d) orientar tutorialmente a los participantes pertenecientes a su grupo en todas las tareas que se establezcan para ser realizadas individual y/o grupalmente antes y después de los distintos residenciales y en el Informe Final

e) participar en la evaluación de los Informes Finales.


Especialistas Invitados


Serán profesionales reconocidos en el área temática que se aborda en el residencial, con el fin de que participen en diversas actividades, talos como:


a) dictar conferencias;

b) organizar/ coordinar ateneos;

c) asistir a reuniones de evaluación institucional;

d) realizar consultas abiertas;


7. Diseño de Cronograma

Está previsto iniciar el desarrollo de este Postitulo en el mes de octubre de 2000 con el Trabajo preparatorio al 1° Residencial, que se realizaría en la semana del 27 de noviembre al 2 de diciembre de 2000. Los créditos se estiman según convención internacional:








ANEXO II



De las modalidades y procedimientos en materia

de seguimiento, control y auditoria del Convenio


1°) La INSTITUCIÓN deberá elevar a la SECRETARIA, en las etapas que a continuación se especifican, los Informes de Avance y Ejecución de este Convenio, tomando en consideración el grado de desarrollo del Postítulo convenido.


Dichos Informes serán elevados en las siguientes etapas:





2°) Los Informes de Avance y Final, estarán básicamente referidos a los siguientes aspectos:


Cumplimiento de los objetivos académicos;


Cumplimiento de las actividades académicas programadas para los cursantes


Contenidos curriculares desarrollados;


Asistencia de los cursantes;


Encuesta de opinión o grado de satisfacción de los cursantes;


3°) La SECRETARIA estará facultada para disponer Auditorias Pedagógicas y Docentes, en cualquier momento de la vigencia de este Convenio, las cuales estarán dirigidas a verificar y evaluar el desarrollo del Postítulo impartido por la INSTITUCIÓN, o bien ser dispuestas en forma unilateral por la SECRETARIA.


La INSTITUCIÓN deberá suministrar a la Auditoria toda la información y documentación que le fuese requerida con relación al desarrollo del Postítulo, como también facilitar los medios para un mejor cumplimiento de su cometido.


4°) La INSTITUCIÓN deberá presentar a la SECRETARIA, a partir del momento en que recibiera la primera transferencia que se le efectúe y hasta el momento de darse por concluido este Convenio, un informe de Rendición de Cuentas, en forma anual y otro al finalizar el dictado de los cursos, una vez recibida la última transferencia, los cuales detallarán las cuestiones económicas y financieras referentes a los incisos a) Retribuciones; b) Gastos para Material Didáctico, c) Costos Operativos y d) Traslados del personal


Las rendiciones consignarán el saldo disponible que no hubiese sido utilizado aún, así como el monto del crédito que restase transferir por parte de la SECRETARIA.


5°) La INSTITUCIÓN para el cumplimiento del presente Convenio y como respaldo de su gestión económica y administrativa, deberá requerir, obtener, resguardar y exhibir todos los documentos, contratos, comprobantes recibos y constancias que acrediten los gestos realizados en las operaciones efectuadas con los fondos afectados por el presente Convenio. y hacer entrega de los mismos a la SECRETARIA.


Dicha documentación de respaldo deberá ser acompañada con la Rendición de Cuentas y exhibida ante la Auditoria comisionada, conforme a las indicaciones que reciba de la SECRETARiA.


6) La SECRETARIA suministrará a la INSTITUCION, con la debida anticipación, las instrucciones operativas que resulten pertinentes para ordenar y facilitar e cumplimiento de las actividades y tareas descriptas en este Anexo.



ANEXO III


De los supuestos de extinción del Convenio en forma anticipada


1°) La SECRETARIA podrá disponer la rescisión unilateral del total del Convenio o de una de sus partes por causa imputable a la INSTITUCIÓN, sin que ésta fuera a tener derecho a indemnización alguna, en los siguientes casos:


a) Dolo, fraude, grave negligencia, o manifiesta impericia en el accionar de la INSTITUCION

b) Incumplimiento grave de las obligaciones asumidas en este Convenio y que afecten substancialmente los derechos o intereses de la SECRETARIA.

c) Irregularidades o situaciones anómalas que motivaran observaciones importantes por parte de la SECRETARIA, derivadas de las Auditorias practicadas, o bien de la revisión de los Informes de Avance o Rendiciones de Cuenta entregados por la INSTITUCIÓN, conforme al régimen estipulado en el Anexo 11.

d) Retrasos injustificados e importantes en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente Convenio, que impliquen una alteración significativa de la programación prevista para los cursos, tal que importe revisar la conveniencia y oportunidad de poner en marcha o continuar la actualización contratada.

Incumplimiento de las obligaciones que le corresponden a la INSTITUCIÓN o graves irregularidades en la administración de los recursos económicos transferidos por la SECRETARIA para atender los gastos originados por el presente Convenio.

Procediendo la resolución anticipada del Convenio por esta vía, quedarán suspendidos en forma automática todos los efectos contractuales, incluyendo los pagos programados y a efectuarse en favor de la INSTITUCIÓN.

La SECRETARIA deberá proceder, dentro del plazo de treinta (30) días posteriores a la denuncia del Convenio, a fijar el valor resarcitorio que estimase por los perjuicios sufridos como consecuencia del comportamiento de la INSTITUCIÓN. A tal efecto determinará el monto a restituir por la INSTITUCIÓN sobre las sumas percibidas o bien los importes estimados que deba abonar por los conceptos antes aludidos.


2°) La INSTITUCIÓN podrá resolver la rescisión total del Convenio o una de sus partes, por causas imputables a la SECRETARIA, en los siguientes supuestos:


a) Falta de efectivización de tas transferencias convenidas en el Convenio, o diferimientos reiterados de dichas transferencias, sin causa justificada y por períodos superiores a los sesenta ( 60 ) días. Dicho supuesto procederá sólo cuando dicho pago no fuera objeto de controversia entre partes y cuando la SECRETARIA se excediera del plazo de los sesenta ( 60 ) días del momento en que debió efectivizarse la transferencia correspondiente;

b) Falta de contestación, respuesta o resolución de parte de la SECRETARIA sobre aquellas solicitudes o requerimientos que formulase la INSTITUCIÓN y que tuviesen marcada importancia para el desarrollo de las acciones contratadas, o bien que se produjese una ostensible falta de colaboración de parte de la SECRETARIA, siempre que dicha inacción constituyera un obstáculo insalvable para la ejecución de las actividades a cargo de la INSTITUCION

Producida dicha decisión unilateral de parte de la INSTITUCION, ésta requerirá a la SECRETARIA, dentro de los treinta ( 30 ) días de su denuncia, el pago de la suma total por las inversiones y gastos efectuados, como también de aquellos que resultasen comprometidos hasta el momento fijado para concluir el Convenio. La suma que resulte de la deuda, no podrá superar en ningún caso el monto total del Convenio firmado por las partes.


3º) La SECRETARIA estará facultada para dar por concluido unilateralmente el Convenio, sin que ello resulte de una causa imputable a la INSTITUCIÓN.


En este caso, la SECRETARIA deberá notificar su decisión a la INSTITUCION con un mínimo de treinta (30) días de anticipación al momento que determinase para finalizar la relación contractual.


En tal supuesto, la SECRETARIA deberá hacerse cargo de los gastos ya efectuados en orden a las actividades cumplidas por la INSTITUCION como también de

aquellos gestos que fueran a resultar en razón de las actividades programadas y a realizarse en forma previa al momento fijado para concluir el Convenio.


4°) La INSTITUCIÓN tendrá derecho a resolver unilateralmente la conclusión del Convenio, sin que dicha decisión obedezca a una causa imputable a la SECRETARIA. En tal circunstancia, la INSTITUCION notificará su determinación a la SECRETARIA, con una antelación mínima de treinta (30) días respecto del momento establecido para finalizar la relación contractual. En tal supuesto la INSTITUCIÓN deberá hacerse cargo de las obligaciones emergentes al momento de la rescisión


5°) Si el término anticipado del contrato se produjera Por sobrevenir hechos fortuitos o circunstancias de fuerza mayor, o por cualquier otra causa no imputable a ninguna de las partes, cesará la exigibilidad de las estipulaciones contractuales sin derecho a reclamo indemnizatorio alguno, reconociéndose los efectos producidos hasta ese momento, salvo que en dicha circunstancia las partes establecieran otro acuerdo sobre el particular aquellos gestos que fueran a resultar en razón de las actividades programadas y a realizarse en forma previa al momento fijado para concluir el Convenio.


5°) Si el término anticipado del contrato se produjera Por sobrevenir hechos fortuitos o circunstancias de fuerza mayor, o por cualquier otra causa no imputable a ninguna de las partes, cesará la exigibilidad de las estipulaciones contractuales sin derecho a reclamo indemnizatorio alguno, reconociéndose los efectos producidos hasta ese momento, salvo que en dicha circunstancia las partes establecieran otro acuerdo sobre el particular


DR. VICTOR OMAR VIERA LIC. ANDRES G. DELICH