SALTA, 4 de mayo de 2001



Expte. N° 1.527/01



VISTO la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y la Resolución 1.038/96 del Ministerio de Cultura y Educación, que aprueba el Estatuto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE por resolución CS-N° 359/00 el CONSEJO SUPERIOR de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA prorroga hasta el 30 de abril del 2001, por duodécimos, del Presupuesto aprobado por Resolución n° 078/99 CS habilitando el 90% del mismo para su ejecución.


QUE el articulo 27 de la Ley 24.156, establece que si al inicio del ejercicio económico financiero no se encontrare aprobado el presupuesto general regirá el que estuvo en vigencia el año anterior con los ajustes de ley.


QUE hasta la fecha la UNIVERSIDAD no ha aprobado la distribución de los créditos otorgados por Ley N° 25.237 correspondiente al Presupuesto 2001.


QUE el articulo 129 del Estatuto vigente, establece que no pueden efectuarse gastos que no estén previstos en las partidas del presupuesto de la Universidad.


QUE la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO ha tomado la intervención que le compete.


QUE es necesario proceder a la prórroga del presupuesto para el ejercicio 2001 conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 129 de la Resolución MCyE n° 1.038/96 y de las disposiciones de la Ley de Administración Financiera.


Por ello y atento a lo aconsejado por SECRETARIA ADMINISTRATIVA.



EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, JURÍDICAS Y SOCIALES a/c del RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Ad referéndum del CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:



ARTÍCULO 1°.- Prorrogar hasta el 30 de Junio de 2.001, por duodécimos, el presupuesto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, aprobado por Resolución N° 129/00 del CONSEJO SUPERIOR, habilitando el 90% del mismo para su ejecución.


ARTÍCULO 2°.- Establecer que deberá observarse, desde el punto de vista del control interno, lo dispuesto por el articulo 27 de la Ley N° 24.156  Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control.


ARTICULO 3°.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarias, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad y Unidad de Auditoria Interna. Luego siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para su toma de razón y demás efectos. Cumplido pase a la SECRETARIA DEL CONSEJO SUPERIOR, solicitando la convalidación de la presente resolución. Oportunamente archivase.

JG


CR. HECTOR ALFREDO FLORES Cr. LUIS ALBERTO MARTINO

SECRETARIO ADMINISTRATIVO Decano de la Facultad de Cs.

Económicas, Jur. y Soc.

a cargo de Rectorado


RESOLUCIÓN – R – Nº 154-01