SALTA, 12 de Febrero de 2001



Expte. Nº 1.324/00



VISTO estas actuaciones por las cuales la SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, eleva Proyecto de Convenio Específico entre la MUNICIPALIDAD DE AGUARAY y esta UNIVERSIDAD, elaborado por la SEDE REGIONAL TARTAGAL; y



CONSIDERANDO:

QUE en Convenio tiene como objetivo que la UNIVERSIDAD preste Asistencia Técnica a la MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, para la realización de un proyecto sobre “Estudio integral de microcuencas y escorrentias pluviales en el entorno próximo de la Localidad de Aguaray”.


QUE la SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA a Fs. 74 y de acuerdo a lo aconsejado por ASESORIA JURÍDICA, informa que se adecuó el Convenio en los términos del Reglamento de Prestación de Servicios Técnicos, aprobado por resolución CS-N 433-90 y modificatoria.


QUE el citado Convenio ha sido suscrito entre ambas Instituciones el día 20 de diciembre de 2000.


Por ello y atento a lo aconsejado por ASESORIA JURÍDICA en su dictamen N5677 y la SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA,



EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Ad referéndum del CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- Aprobar el CONVENIO ESPECIFICO suscrito entre la MUNICIPALIDAD DE AGUARAY y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, que como Anexo I forma parte de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Académica, Municipalidad de Aguaray, Sede Regional Tartagal, Institutos de Educación Media, Direcciones Generales, Consejo de Investigación y Asesoría Jurídica. Cumplido siga al CONSEJO SUPERIOR para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.



JG


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 037-01



CONVENIO ESPECIFICO ENTRE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA Y LA

MUNICIPALIDAD DE AGUARAY


Entre la MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, en adelante la MUNICIPALIDAD, representada en este acto por su Intendente Municipal, Dn. Norman Domingo MONTEROS, con domicilio en Avda. Sarmiento esq. Arenales de la ciudad de Aguaray y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en adelante la UNIVERSIDAD, representada por su Rector, Dr. Víctor Omar VIERA, con domicilio en calle Buenos Aires 177 de la Ciudad de Salta, celebran el presente CONVENIO ESPECIFICO para realizar un proyecto sobre: "ESTUDIO INTEGRAL DE MICROCUENCAS Y ESCORRENTIAS PLUVIALES EN EL ENTORNO PROXIMO DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY", en consideración a que:







El que se regirá por las siguientes claúsulas:


PRIMERO: OBJETO:

El presente CONVENIO ESPECIFICO tiene por objeto que la UNIVERSIDAD preste Asistencia Técnica a la MUNICIPALIDAD para la realización de un proyecto sobre: "Estudio integral de microcuencas y escorrentías pluviales en el entorno próximo de la Localidad de Aguaray"


SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

DE LA UNIVERSIDAD:

1 ) Realizar el estudios en todas sus fases (recopilación y evaluación de antecedentes, realización de las tareas de campaña: levantamientos planimétricos y altrimétricos de los lugares que se consideren necesarios, estudiar la o las causa/s que contribuyen a la generación de las inundaciones, confeccionar un registro fotográfico, realizar y relevar encuestas en la población referidas a las inundaciones, confeccionar mapas y perfiles diversos a diferentes escalas a los fines de presentar lo más explícito posible sobre la información, integrar todos los datos manejados, presentar las conclusiones y recomendaciones del caso, realizar un informe final. Eventualmente y si la Municipalidad lo solicita se harán estudios complementarios que tienen que ver estrictamente con las obras de canalización (propuesta de los sitios más adecuados para la construcción de canales, obras de defensas, costos, etc., que tiendan a dar soluciones al problema de las inundaciones, prevenir riesgos futuros, etc.)

2) Poner a disposición del proyecto todo el material bibliográfico, instrumental y de laboratorio, existentes en la Sede Regional Tartagal para la ejecución de las tareas, de acuerdo a la disponibilidad de los mismos...

3) Hacer expresa mención de los autores del trabajo en la memoria explicativa y en los mapas y perfiles.


DE LA MUNICIPALIDAD:

1 ) Financiar la totalidad del estudio para lo cual aportará la suma de $ 21.000 (Pesos: veintiún mil), en los cuales se incluyen todos los gastos de insumo, alquiler de vehículos, viáticos de la responsable técnica, y cualquier otro gasto no considerado específicamente en este Convenio.

2) Convenir de común acuerdo entre las partes la entrega del importe mencionado, será entregado contra entrega de informes parciales e Informe Final.

3) Proporcionar toda la información y el apoyo que le requiera la Universidad en relación a este estudio.


TERCERA: RESPONSABLES:


LA UNIVERSIDAD a través de la Sede Regional Tartagal designa como responsable a Geol. Mabel Rita Bartoloni.


LA MUNICIPALIDAD designa como responsable al Ing. Mario Oscar Quiroga.


CUARTA: CLAUSULAS PARTICULARES

La MUNICIPALIDAD se reserva el derecho de efectuar las verificaciones y/o inspecciones que considere necesarias en todas las etapas del proyecto.


La UNIVERSIDAD se reserva el derecho de publicar en forma parcial partes del estudio efectuado.


Todos los bienes que se adquieran para la realización del presente estudio pasarán a formar parte del patrimonio de La UNIVERSIDAD, una vez finalizado el mismo.


QUINTA: RESCISION:

El incumplimiento de los compromisos asumidos por cualquiera de las partes dará lugar a la rescisión del contrato, previa notificación por medio fehaciente a la parte incumplidora a solucionar su situación en un plazo perentorio de treinta (30) días y sin defecto de los reclamos por daños y perjuicios que correspondan o reclamos por falta de pago de los importes estipulados.


Las razones de fuerza mayor, deberán y debidamente justificadas y podrán modificar los plazos establecidos, hasta un plazo que no exceda los sesenta (60) días de la fecha original, entendiéndose todos los plazos como días corridos.


SEXTA: DURACION:

Este Convenio tendrá una vigencia de nueve (9) meses contados a partir del mes de abril del presente ano, fecha en que comenzó el estudio integral de Microcuencas y Escorrentías Pluviales.


SEPTIMA: TRIBUNALES FEDERALES:

En caso de conflicto las partes se someterán a los Tribunales Federales de la ciudad de Salta


En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Salta a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil. 


NORMAN MONTEROS DR. VICTOR OMAR VIERA

INTENDENTE AGUARAY RECTOR