SALTA, 09 de febrero de 2001



Expte. Nº 17.045/00



VISTO estas actuaciones mediante las cuales el Lic. Claudio Román MAZA, SECRETARIO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, eleva a consideración del Sr. SECRETARIO ADMINISTRATIVO, el Contrato de Locación de Servicios firmado con el Prof. Claudio Gerardo CALDERA ROYO; y



CONSIDERANDO:


QUE el Prof. CALDERA ROYO se desempeña como Profesor de la Colonia de Vacaciones U.N.Sa. 00/01, que organiza el Departamento de Educación Física y Deportes de esta UNIVERSIDAD, desde el 18 de diciembre de 2000 y hasta el 18 de febrero de 2001.


QUE corresponde aprobar el contrato firmado oportunamente.


Por ello y atento a lo aconsejado por SECRETARIA ADMINISTRATIVA,



EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- Aprobar el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS firmado con el Prof. Claudio Gerardo CALDERA ROYO, quien se desempeña como Profesor de la Colonia de Vacaciones U.N.Sa. 00/01 en el Departamento de Educación Física y Deportes dependiente de la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO de esta UNIVERSIDAD, con efecto retroactivo al 18 de diciembre de 2000 y hasta el 18 de febrero de 2001, el que como ANEXO I forma parte de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución en la partida 3.4.9. del Presupuesto 2001, Dependencia 19 de esta Universidad.


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese con copia a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, de Bienestar Universitario y Administrativa, Dirección General de Administración, Departamento de Educación física y Deportes, Tesorería General y Sr. Caldera Royo. Cumplido siga a la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS


  Entre la Universidad Nacional de Salta representada por su rector, Dr. VICTOR OMAR VERA, en adelante "LA IJNIVERSIDAD con domicilio en calle Buenos Aires 177, por una parte, y por la otra el Prof. MIGUEL ANGEL GOMEZ; D.N.I. N° 12.958.529 en adelante "EL CONTRATADO", con domicilio en Bolívar N°S, primer piso Dpto. "B", ambos de la ciudad de Salta, formulan el siguiente contrato de LOCACIÓN DE SERVICIOS.                                                                            


PRIMERO: "EL CONTRATADO" se compromete a actuar como Director de la Colonia de Vacaciones 00/01 que organiza el Departamento de E. F. y Deportes de la Universidad Nacional de Salta, sito en Avda. Bolivia N° 5.150, en el horario de 14:00 a 18:00 horas siendo sus obligaciones la de coordinar todas las actividades que se realicen en el campas universitario, como así también los paseos, visitas y campamentos, etc.                                              ­


SEGUNDO: "EI, CONTRATADO" se compromete a conocer y respetar las disposiciones y reglamentaciones emergentes de "LA UNIVERSIDAD".


TERCERO: "LA UNIVERSIDAD" abonará a "EL CONTRATADO" la suma de $ 1.350 (pesos mil trescientos cincuenta) mensualmente, durante la vigencia del presente contrato y se reserva el derecho de efectuar las retenciones impositivas de acuerdo a normas vigentes.  


CUARTO: Este contrato regirá desde el 18 de Diciembre de 2.000 hasta el 18 de Febrero de 2.001. La rescisión aún sin expresión de causa no dará derecho de indemnización alguna y operará con la mera comunicación de una de las partes, efectuada con una antelación de TREINTA (30) días corridos.                                    


OUINTO: El presente contrato no implica existencia de relación de empleo, ni laboral, rigiéndose por las disposiciones del Código Civil relativas a la Locación de Obras y Servicios.                                                                                                         


SEXTO: Para los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción del Juzgado Federal de Salta.




DR. VICTOR OMAR VIERA PROF. MIGUEL ANGEL GOMEZ

RECTOR