SALTA, 26 de diciembre de 2000



Expte. Nº 665/99



VISTO estas actuaciones y el Protocolo de Pasantías suscrito entre la EMPRESA AGUAS DE SALTA S.A. y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el objeto del citado Protocolo es que los pasantes puedan poner en práctica los conocimiento teóricos adquiridos durante su formación universitaria y de esta manera lograr que los estudiantes tomen contacto con el ámbito en que se desenvuelven las instituciones y organizaciones empresariales y se integren a un campo laboral.


QUE el Gerente de Recursos Humanos de AGUAS DE SALTA S.A. Solicita la eximición de lo dispuesto en el artículo 8º, inciso f) – Anexo 1.A de la resolución CS-Nº 500/98, referida al Reglamento de Pasantías y la modificación del artículo 12 del Protocolo en cuestión, en lo referido a la rescición del mismo.


QUE la SECRETARA DE COOPERACION TECNICA, a Fs. 30, informa que el mismo fue confeccionado tomando en cuenta lo dispuesto por el CONSEJO SUPERIOR, en su resolución Nº 260/00.


QUE ASESORIA JURIDICA, en su dictamen Nº 5594 informa que no tiene objeción legal que formular al mismo y coincide con la observación realizada por la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA.


QUE el citado Protocolo fue suscrito entre las Instituciones mencionadas, con fecha 7 diciembre de 2000, cuyo texto original obra a Fs. 27/29 de las presentes actuaciones.


QUE en virtud de ello y a fin de dejar formalizado el mismo, es necesario proceder a la emisión de la correspondiente resolución rectoral.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el Protocolo de Pasantías suscrito entre la EMPRESA AGUAS DE SALTA S.A. y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica, Facultades y Aguas de Salta S.A. Cumplido siga a la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.




Cr. HECTO ALFREDO FLORES Dr. VICTOR OMAR VIERA

Secretario Administrativo RECTOR


RESOLUCION Nº -583-00