SALTA, 29 de noviembre de 2000



Expte. Nº 19.143/96



VISTO las presentes actuaciones y la observación efectuada por la Dirección de Control Curricular en el sentido de que algunas de las denominaciones de las asignaturas que integran el Plan de Estudios de la carrera de Técnico Universitario en Administración de Empresas Agropecuarias, aprobado por Resolución CS Nº 026-97 y modificado por Res.C.S. Nº 247-98, no son coincidentes con el detalle de asignaturas consignado en la Resolución Ministerial Nº 675/98 mediante la cual se otorga reconocimiento oficial al título y su consecuente validez nacional; y,


CONSIDERANDO:


QUE el Consejo Directivo de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES emitió resolución Nº 1.180/00 por la cual solicita al Consejo Superior la modificación del referido plan en lo concerniente a la denominación de las materias que integran el mismo.


QUE la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina del Consejo Superior mediante Despacho Nº 166/00 aconseja acceder a tal modificación.


QUE la experiencia recogida en el transcurso de los años aconseja la aprobación de un texto ordenado del plan de estudios en cuestión, ya que además se detectaron errores de transcripción en las partes correspondientes a Total de Horas de Dictado, Régimen de Correlatividades y Contenidos Mínimos,


QUE esta medida permitirá reunir en un solo cuerpo las modificaciones introducidas, facilitando su comprensión y manejo.


Por ello y atento a lo aconsejado por SECRETARIA ACADEMICA,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Ad referéndum del CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- Aprobar el Texto Ordenado del Plan de Estudios de la Carrera de TÉCNICO UNIVERSITARIO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS AGROPECUARIAS, que se dicta en la SEDE REGIONAL ORÁN con dependencia académica de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, el que como Anexo I forma parte de la presente resolución, dejándose aclarado que en el mismo quedan incorporadas las modificaciones solicitadas por Res. Nº 1.180/00 del Consejo Directivo de la citada unidad académica.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Facultad de Ciencias Naturales, Sede Regional Orán y Dirección de Control Curricular. Cumplido siga a la SECRETARIA DEL CONSEJO SUPERIOR su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.



RESOLUCIÓN R-Nº 516-00