SALTA, 27 OCT 2000



Expte. Nº 1.054/99



VISTO estas actuaciones relacionadas con la falta de rendición de fondos destinados a la compra de insumos para la DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES E IMPRESIONES dependiente de la SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA; y



CONSIDERANDO:



QUE dichos fondos fueron entregados al Sr. Rodolfo Martín DELGADO, Director de Publicaciones e Impresiones, mediante los expedientes 1.054/99, 1.150/99 y 1.099/00.


QUE ASESORIA JURIDICA, emite dictamen Nº 5604, el que textualmente se transcribe a continuación :


“Los expedientes referenciados en los que se tramitan las rendiciones de fondos destinados a las compras de insumos para las guías de estudiante; del fondo de la imprenta y la factura de HERSAPEL por provisión de mercaderías con destino a la Dirección de Publicaciones e Impresiones.

Que esta dirección intimó al personal de apoyo administrativo Rodolfo Martín Delgado, responsable de tales rendiciones a realizarlas en un plazo de 48 horas, quien solicitó una prórroga de 72 horas para efectuarlas.

Constatando que el plazo de tal prórroga expiró sin que cumpla con tales rendiciones, aconsejo se dicte resolución administrativa en la que se ordene la instrucción de un sumario administrativo a fin de esclarecer la verdad de los hechos y deslindar responsabilidades administrativas y se autorice a esta dependencia a radicar denuncia penal por malversación de fondos públicos y/o cualquier otro delito en que estuviera incurso el agente mencionado.

Por Mesa de Entradas y Salidas, solicito se unan por cuerda los expedientes números 1.054/99, 1.150/99 y 1.099/00 por la unidad de la investigación que debe primar en este procedimiento administrativo.”

Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :



ARTICULO 1º.- Ordenar la instrucción de un Sumario Administrativo, a cargo de la Directora de Sumarios de ASESORIA JURIDICA, Dra. Raquel Mercedes DE LA CUESTA, con el objeto de esclarecer los hechos y deslindar responsabilidades administrativas.


ARTICULO 2º.- Autorizar a la DIRECCION DE SUMARIOS de ASESORIA JURIDICA a efectuar las denuncias penales que surjan por los presuntos ilícitos, ante la autoridad policial o judicial que corresponda.


ARTICULO 3º.- Notifíquese al interesado que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral los recursos de reconsideración y jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.


ARTICULO 4º.- Dejar establecido que la instrucción del sumario se sustanciará en un plazo de noventa (90) días contados desde la fecha de notificación de la designación del Instructor y a la resolución de clausura a que se refiere el artículo 107, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Nº 467/99 del REGLAMENTO DE INVESTIGACIONES, en el artículo 127 de las Disposiciones Generales.


ARTICULO 5º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Extensión Universitaria, Dirección de Publicaciones e Impresiones, Dirección General de Administración, Asesoría Jurídica y Sr. Delgado. Cumplido siga a ASESORIA JURIDICA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG


Firmado Firmado

CR. HÉCTOR ALFREDO FLORES DR. VÍCTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR


RESOLUCIÓN – R – 460-00