SALTA, 27 de octubre de 2000



Expte. Nº 1.351/00


VISTO la presentación del Sr. Vicente TITA DOLCE que, por nota de fecha 20 de Octubre de 2000, solicita al Sr. Rector se disponga la inclusión del alumno Enzo Giancarlo TITA DOLCE, D.N.I.Nº 33.753.997, en la nómina de participantes del sorteo para ingreso 2001 al INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”; y



CONSIDERANDO:


QUE la nota del Sr. Vicente TITA DOLCE fue ingresada en tiempo y forma ante el Sr. Rector de la UNIVERSIDAD y es la única presentación en ese sentido.


QUE en la misma se aduce, con elementos que parecen demostrar la veracidad de sus dichos, haber sido incorrectamente informado “sobre las fechas y condiciones de inscripción...”


QUE ante el eventual error humano de un miembro de una institución, la misma debe asumir las consecuencias.


QUE si bien el INSTITUTO ha difundido públicamente la información pertinente, se puede deducir que los interesados consideran veraces las informaciones recibidas en la institución.


QUE, por otro lado, ante una segunda consulta del Sr. TITA DOLCE, le expresó la imposibilidad de incluir al aspirante en el sorteo, a excepción de una autorización expresa emanada del Sr. Rector.


QUE la UNIVERSIDAD tiene entre sus principios básicos el acceso sin restricciones de sus alumnos.


QUE el Estatuto Universitario asigna al Sr. Rector la atribución de dirigir y ejercer la administración general de la Universidad.


Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Disponer la incorporación del aspirante Enzo Giancarlo TITA DOLCE, D.N.I. Nº 33.753.997, al sorteo de ingreso al INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA” para el período lectivo 2001, a realizarse el día 27 de octubre de 2000, a partir de horas 09:30.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Instituto de Educación Media “Dr. Arturo Oñativia”, Asesoría Jurídica y Sr. Vicente Tita Dolce. Cumplido siga al citado Instituto para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/In



Prof. María Teresa ALVAREZ de FIGUEROA DR. Víctor Omar VIERA

SECRETARIO ACADEMICA RECTOR



RESOLUCION R- Nº 453-00