SALTA, 5 de Julio de 2000



Expte. Nº 17.024/00



VISTO estas actuaciones y la propuesta presentada por la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, para atender el financiamiento de Actividades Deportivas Adicionales como INGRESANTES 2000 y EDUCACION PUBLICA APERTURA 2000; Y



CONSIDERANDO:



QUE el mencionado Proyecto ha sido presentado por el Sr. Francisco CAMPOS, Asesor del DEPARTAMENTO DE EDUCACION FISICA Y DEPORTES, dependiente de la citada SECRETARIA, con el objeto de regularizar los ingresos percibidos en concepto de organización de Torneos de Fútbol de Salón y Fútbol Once.


QUE el sistema a adoptar tiende a evitar todo tipo de prejuicio respecto al destino y manejo de los fondos recaudados.


QUE el mencionado Proyecto fija los importes por disciplina deportiva y pago de arbitraje.



Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :



ARTICULO 1º.- Autorizar al DEPARTAMENTO DE EDUCACION FISICA Y DEPORTES dependiente de la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, a percibir ingresos por inscripción por equipos participantes en Torneos de Fútbol de Salón y Fútbol Once INGRESANTES 2000, EDUCACION PUBLICA APERTURA 2000 y cuota destinada a cubrir costo de arbitraje.


ARTICULO 2º.- Fijar los siguientes importes para las distintas competencias deportivas y cuota de arbitraje:



INGRESO DESTINADO AL PAGO DE ARBITRAJE:


FUTBOL DE SALON (por equipo y por partido)............................ $ 5,00

FUTBOL 11 (por equipo y por encuentro)......................................$ 10,00


///...


.../// - 2 –




Expte. Nº 17.024/00




INGRESO POR INSCRIPCION POR CAMPEONATO:


INGRESANTES 2000 (Fútbol Once)................................................$ 15,00

EDUCACION PUBLICA APERTURA (Fútbol 11)............................$ 25,00

EDUCACION PUBLICA APERTURA (Fútbol de Salón)..................$ 15,00



ARTICULO 3º.- Dejar establecido que la recaudación deberá ajustarse a lo establecido en la resolución rectoral Nº 097-96 y modificatorias, referida al REGIMEN DE FACTURACION en el ámbito de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA.


ARTICULO 4º.- Disponer que de lo recaudado, el diez por ciento (10%) quedará como Recursos Propios en el Presupuesto de la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO y el noventa por ciento (90%) restante será destinado a cubrir gastos de organización, compra de premios y demás necesidades de las actividades deportivas.


ARTICULO 5º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Académica, de Bienestar Universitario, Direcciones Generales de Administración, Tesorería General, Departamento de Educación Física y Deportes y Unidad de Auditoría Interna. Cumplido siga a SECRETARIA ADMINISTRATIVA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/In



CR. Héctor Alfredo FLORES DR. Víctor Omar VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCION R- Nº 266-00