SALTA, 14 de abril de 2000



Expte. Nº 1.180/99



VISTO este expediente relacionado con el Proyecto de Convenio de Vinculación Tecnológica entre la ASOCIACION COOPERADORA del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA, a través de la Facultad de ciencias Agrarias y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del Instituto de Investigación en Energías No Convencionales (INENCO); y



CONSIDERANDO:


QUE el mismo tiene como objetivo vincular a las partes firmantes para la realización de investigaciones científicas y tecnológicas tendientes al desarrollo de sistemas de aprovechamiento de energías renovables, al uso racional de la energía y a la preservación del medio ambiente.


QUE la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA informa a Fs. 13, que el citado Proyecto de Convenio responde a un Convenio de Vinculación Tecnológica Interinstitucional, incluído en los tipos de servicios previstos en el Reglamento de Prestación de Servicios Técnicos, aprobado por resolución CS-Nº 433-90 y modificatorias.


QUE ASESORIA JURIDICA mediante dictamen Nº 5165, realiza algunas observaciones que ya fueron corregidas, y por lo demás, no tiene objeción legal que formular al mismo.


QUE el citado Convenio ha sido suscrito entre las Instituciones mencionadas con fecha 9 de diciembre de 1999, cuyo texto original obra a Fs. 18/20 de las presentes actuaciones.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA, a Fs. 21.


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :



ARTICULO 1º.- Aprobar el Convenio de Vinculación Tecnológica suscrito entre la ASOCIACION COOPERADORA del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA, a través de la Facultad de Ciencias Agrarias y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del Instituto de Investigación en Energías No Convencionales (INENCO), el que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica, Asociación Cooperadora INTA, Universidad Nacional de Catamarca e INENCO. Cumplido siga a la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/in


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICE-RECTOR A/C RECTORADO



RESOLUCION R-Nº 127-00