SALTA, 29 de marzo de 2000



Expte. Nº 21.063/99



VISTO la presentación efectuada por la Prof. Raquel GUZMAN de DALLACAMINA, que corre agregada a Fs. 13 de las presentes actuaciones; y



CONSIDERANDO:


QUE por la misma impugna el dictamen elaborado por la Comisión Asesora designada para entender en el Llamado a Inscripción de Interesados para la cobertura de un (1) cargo de auxiliar Docente Suplente con 18 Hs. para la asignatura “Idioma Nacional y Literatura” de 5to. y 6to. Año, 3er. Ciclo, en el Instituto de Educación Media "Dr. Arturo Oñativia".


QUE la Comisión Asesora a Fs. 16 en su Ampliación de Dictamen, ratifica en todos sus términos el Dictamen y el orden de mérito propuesto con fecha 27 de octubre de 1999.


QUE al respecto Asesoría Jurídica emitió dictamen Nº 5250, el que textualmente se transcribe a continuación:


"VISTO:


La Sra. Raquel Guzmán de Dallacaminá, aspirante al Llamado a Inscripción de Interesados para cubrir un cargo de Auxiliar Docente para la asignatura Idioma Nacional y Literatura, interpuso impugnación al dictamen de la Comisión Asesora que entendió en el mismo (fs. 13).-

El I.E.M. solicitó a dicha Comisión Asesora ampliación del dictamen la que se produce y rebate los aspectos académicos cuestionados ratificando el orden de mérito oportunamente sugerido (fs. 16).-

La Sra. Guzmán de Dallacaminá nuevamente en escrito obrante a fs. 17 formula observaciones a la ampliación del dictamen, que conforme a la reglamentación vigente no resultan procesalmente admisibles – Res. Nº 639/90 Art. 21.-

Por lo tanto, corresponde que el Rectorado resuelva en definitiva sobre la impugnación deducida teniendo en consideración la ampliación del dictamen, y atento que las cuestiones que se tratan son de índole académica, las cuales no son de competencia de esta Asesoría Jurídica por lo que se abstiene de emitir opinión al respecto.”


QUE SECRETARIA ACADEMICA a Fs. 22 informa que no se advierten razones fundadas académicamente para la exclusión de la aspirante Raquel GUZMAN del orden de mérito y si, en cambio, observa como poco pertinente la recomendación que se le hace a la Prof. GUZMAN de DALLACAMINA, de postularse “a cargos docentes”.


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Expte. Nº 21.063/99



Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :



ARTICULO 1º.- Hacer lugar a la impugnación presentada por la Prof. Raquel GUZMAN de DALLACAMINA, por los motivos expuestos en el exordio de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Disponer que el INSTITUTO DE EDUCACION MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”, deberá indicar a la Comisión Asesora, que entendió en el llamado a inscripción de interesados para cubrir el cargo de Auxiliar Docente suplente, de la asignatura “Idioma Nacional y Literatura” de 5to. y 6to. , 3er. Ciclo, que efectúe la inclusión de la postulante Raquel GUZMAN de DALLACAMINA en el órden de mérito que efectivamente le corresponda y se suprima el párrafo de "Recomendación".


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Instituto de Educación Media y Prof. Guzmán de Dallacaminá. Cumplido siga al INSTITUTO DE EDUCACION MEDIA "DR. ARTURO OÑATIVIA", para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/in


Prof. MARIA T. ALVAREZ DE FIGUEROA DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIA ACADEMICA VICERRECTOR

A/C RECTORADO


RESOLUCION R-Nº 102-00